Inaceptable tener en México gobiernos religiosos o iglesias políticas

Martes, 02 Abril 2019 00:55 Escrito por Jerónimo Morales Hernández
Ante AMLO y Olga Sánchez, en Gobernación federal, se propuso entregar concesiones de radio y tv a iglesias del país. Ante AMLO y Olga Sánchez, en Gobernación federal, se propuso entregar concesiones de radio y tv a iglesias del país.

Otorgar concesiones de radio y tv a ministros vulneraría el estado laico

Puebla, Pue.- A la fecha y de acuerdo con la Constitución Política, es inaceptable que en el país haya gobiernos religiosos o iglesias políticas, ya que se vulneraría el estado laico establecido desde hace ciento dos años.

En reunión que llevaron a cabo el Presidente Andrés Manuel López Obrador, la Secretaria de Gobernación Olga Sánchez Cordero y el Subsecretario de dicha dependencia Zoé Robledo, se propuso que el Gobierno Federal entregue concesiones de canales de televisión y estaciones de radio, a favor de iglesias del país y preferentemente a evangélicos (religión que profesa AMLO); de cumplirlo se vulneraría el estado laico consagrado en la Constitución.

Entrevistado el constitucionalista poblano Miguel Ángel Tejeda Ortega, manifestó que el estado laico fue una lucha que se dio en la época de la Reforma en México y que se le reconoce primordialmente al Benemérito de las Américas “Benito Juárez”, y a hombres liberales de aquella época como Sebastián Lerdo de Tejada, al establecerse las famosas Leyes de Reforma, y de igual manera la desamortización de los bienes del clero.

Tejeda Ortega explicó que la libertad de credo religioso que se plasmó originalmente en la Constitución de 1917, en la actualidad se encuentra consagrada en el artículo 24 de la misma Carta Magna, la cual dice expresamente: “Toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar, en su caso, la de su agrado. Esta libertad incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en lo público como en privado, en las ceremonias, devociones, o actos de culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la Ley. Nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política”.

El jurista Tejeda Ortega comentó el peligro de estas concesiones que a futuro se pueden otorgar por parte del gobierno federal, pues empezará un adoctrinamiento religioso por medio de la radio y la televisión para aquellas personas que no tengan una convicción firme y definida de su espiritualidad o religiosidad.

De igual manera el artículo 130 Constitucional establece las bases en que debe funcionar el estado laico en México, no obstante de que actualmente se les reconoce a las iglesias personalidad jurídica en su carácter de Asociaciones Religiosas, éstas tienen una serie de limitantes entre ellas se señalan las siguientes: A).-Los Ministros de Culto, no podrán desempeñar cargos públicos, -aunque se les reconoce el derecho del voto.- B).-Los Ministros no podrán asociarse con fines políticos, ni realizar proselitismo a favor o en contra de candidato.- C).-Existen ciertas prohibiciones para los Ministros de culto y sus familiares y cónyuges, que prohíben puedan heredar por testamento. D).-Los actos del estado civil de las personas son de exclusiva competencia del estado.

Hombres liberales en Puebla consideran que de llevarse a cabo esta práctica política por parte del gobierno federal “Vulneraría el estado laico y provocaría confrontaciones históricas que ya han sido superadas´´, declarando que ´´en México no es aceptable tener gobiernos religiosos ni iglesias políticas´´.

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