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Validar revocación de patentes compite sólo al Poder Judicial federal

Martes, 05 Noviembre 2019 20:57 Escrito por Jerónimo Morales Hernández´
El Artículo 14 constitucional garantiza el derecho de audiencia a personas agraviada. El Artículo 14 constitucional garantiza el derecho de audiencia a personas agraviada.

Notarios agraviados, sin garantía constitucional de audiencia: expertos

Puebla, Pue.- Ante la incertidumbre de la revocación de 29 Patentes de Notarios que fueron otorgadas en el gobierno de Rafael Moreno Valle, quienes según se dice fueron cercanos a este personaje político y se beneficiaron con dichas Patentes, ha surgido la duda de cuál es el procedimiento que se está siguiendo de parte del Gobierno actual para poderlas cancelar.

De manera extraoficial, expertos en Derecho que prefieren omitir su nombre, reconocen que la revocación de patentes se pudo haber llevado a cabo ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Puebla, a efecto de dar a los agraviados la garantía de audiencia que establece el artículo 14 Constitucional, pero si se llevó a cabo fuera de este procedimiento judicial administrativo, serán competentes los Tribunales del Poder Judicial de la Federación, como son los Jueces de Distrito en materia administrativa y los Tribunales Colegiados en dicha materia.

De todas formas el fallo definitivo que califique la constitucionalidad o no de la revocación de las patentes de notarios, le corresponde al Poder Judicial de la Federación e inclusive a la Suprema Corte en caso de que alguno de los quejosos pueda lograr que su asunto sea atraído por nuestro más alto Tribunal de la Nación.

Entre las razones que se han dado por parte del Gobierno del Estado de Puebla para revocar dichas patentes, está en el sentido de que no existió un decreto emanado por el Gobierno de Moreno Valle, para su creación, además de que no hubo convocatoria para los exámenes  a fin de obtener la titularidad de dichas Notarías; y otros vicios que se dice son imputables a quienes fueron beneficiados con las mismas, lo que se deberá analizar y ponderar por parte de los Tribunales Federales, quienes al final de cuentas éstos tienen la última palabra en los asuntos que lleguen a su competencia.

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