Candidaturas independientes y su registro: Misión imposible

Viernes, 03 Noviembre 2017 00:32 Escrito por *Dr. Julián Germán Molina Carrillo.

A partir de 2014, se legisló en nuestro país a nivel federal, la figura de candidatos independientes con el objetivo de revitalizar la participación democrática. Para participar como tal, el ciudadano debe manifestar su interés al INE y cumplimentar los requisitos que se desprenden de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en su Título Segundo, correspondiente al Proceso de Selección de Candidatos Independientes, revistiéndolos de derechos y obligaciones como aspirante y candidato, con lo que se pueda garantizar un proceso libre y democrático.

Dentro de las obligaciones mencionadas, la estipulada en el artículo 369, del ordenamiento legal referenciado, correspondiente a obtener apoyo ciudadano que sustente la intención de convertirse en candidato a un puesto de elección y sin la cual dicha intención no fructificará en el registro como candidato independiente en el proceso electoral, requisitos que desde la opinión de varios analistas políticos, resulta una misión casi imposible para un ciudadano común que tuviese esa intención de convertirse en candidato independiente.

De acuerdo a lo establecido por el Artículo 371 de la LEGIPE, para que un ciudadano pueda aspirar a ser Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, deberá contar con una cédula de respaldo, la cual deberá contener cuando menos la firma de una cantidad de ciudadanos equivalente al 1% de la lista nominal de electores con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección y estar integrada por electores de por lo menos diecisiete entidades federativas, que sumen cuando menos el 1% de ciudadanos que figuren en la lista nominal de electores en cada una de ellas.

Asimismo, para que un ciudadano pueda ser senador de mayoría relativa, la cédula de respaldo que deberá obtener, tiene que contener cuando menos la firma de una cantidad de ciudadanos equivalente al 2% de la lista nominal de electores correspondiente a la entidad federativa que pretenda representar, con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección, y estar integrada por ciudadanos de por lo menos la mitad de los distritos electorales que sumen como mínimo el 1% de ciudadanos que figuren en la lista nominal de electores en cada uno de ellos.

Y para obtener un peldaño en el Congreso como diputado electo por el principio de mayoría relativa, los candidatos ciudadanos deberán, obtener una cédula de respaldo, con por lo menos la firma de una cantidad de ciudadanos equivalente al 2% de la lista nominal de electores correspondiente al distrito electoral en cuestión, con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección y estar integrada por ciudadanos de por lo menos la mitad de las secciones electorales que sumen cuando menos el 1% de ciudadanos que figuren en la lista nominal de electores en cada una de ellas.

Es decir, para la Presidencia se debe contar con 866,593 apoyos (firmas) de la ciudadanía distribuidos en por lo menos 17 entidades federativas, que sumen cuando menos el 1% del total en la lista nominal de electores en cada una de ellas.

Para las senadurías se debe contar con apoyos de por lo menos el 2% de la lista nominal de la entidad de que se trate pertenecientes a cuando menos la mitad de los distritos electorales.

En el caso de las diputaciones federales se debe contar con apoyos de por lo menos 2% de la lista nominal del distrito electoral federal de que se trate pertenecientes a cuando menos la mitad de las secciones electorales.

Lo paradójico de estos números de apoyos que se exigen a los aspirantes, es que la gran mayoría de ellos, no cuentan con los recursos, ni el personal  necesarios  para alcanzar las cifras requeridas, ya que incluso lo que gastarían para desplazarse y pedir los respaldos nadie se los va a reintegrar y deberá salir de su patrimonio. Además de que por el hecho de ser ciudadanos algunos sin trayectoria política, ni conocimiento de parte de los electores, difícilmente les darán el respaldo siendo unos desconocidos para ellos.

Como puede usted observar, dicho requisito se convierte en una loza muy pesada para un ciudadano que no cuente con recursos económicos propios que le permitan reunir esa enorme cantidad de firmas, en esta tesitura, las candidaturas independientes se convierten en una utopía del proceso electoral y si a esto agregamos, el límite de tiempo con el que cuentan para ello, la imposibilidad aumenta, ya que para ser candidato independiente a Presidente de la República,  son ciento veinte días; Senadores de la República, noventa días, y Diputados, sesenta días.

Por otra parte, El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por unanimidad los lineamientos que se utilizarán para verificar el porcentaje de apoyo ciudadano que se requiere para el registro de candidaturas independientes a cargos federales en las elecciones del 2018.

Dichos lineamientos de verificación incluyen una aplicación móvil que el INE desarrolló para permitir a los aspirantes a candidaturas independientes obtener la información de las personas que respalden su candidatura, sin la utilización de papel para la elaboración de cédulas de respaldo y sin tener que fotocopiar la credencial para votar, según informó el Instituto en un comunicado.

Por todo lo anterior, la figura de la candidatura independiente jamás podrá ser considerada realmente como un instrumento factible, de la que puedan hacer uso ciudadanos sin recursos económicos, ciudadanos de a pie, ciudadanos que ilusamente creyeron que es posible la participación política, sin los Partidos.

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