Puebla, Pue.- La Ley Fintech aprobada la semana pasada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para regular la compra-venta de criptomonedas, se considera aún incompleta porque no impide el lavado de dinero }y apoyo al narcotráfico.

Declaró lo expuesto Miguel Ángel Tejeda Ortega, constitucionalista poblano, y en breve entrevista aclaró que la citada Ley Fintech tiene como objetivo evitar fraudes en actividades  como el financiamiento colectivo y pagos en compras electrónicas.

Había una falta de legislación sobre esta actividad mercantil. Y ahora la ley regulará  a las instituciones de tecnología financiera y éstas serán supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y por el Banco Nacional de México.

Sin embargo, el constitucionalista Tejeda Ortega considera que la Ley Fintech es deficiente o incompleta, porque las empresas que manejan la compra-venta de criptomonedas, especialmente la Bitcoin, no están reguladas por la Ley Antilavado de dinero y apoyo al narcotráfico.
 
Fintech  especifica que ni monedas ni criptomonedas que vienen  manejando desde 2011 empresas en servicios financieros, no van a estar garantizadas aún por el Gobierno Federal, pero sí reguladas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
 
Resaltó que las empresas señaladas para funcionar debidamente, además de solicitar permisos  a la CNByV, deberán garantizar  su manejo por medio de activos virtuales, y ya determinarán los reglamentos de la propia ley.

Lo real, agregó Tejeda Ortega, es que con la recién aprobada Ley Fintech, no se protegen conductas ilícitas. Pero se debería haber reformado conjuntamente la Ley contra el Lavado de Dinero para la prevención e identificación de recursos de procedencia ilícita. Y nada se menciona al respecto.

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Su valor supera al euro y dólar; lo usa hasta la delincuencia organizada

Puebla, Pue.- El bitcoin, moneda en circulación aún no regulada por la Comisión Regulatoria de Comercio  norteamericana, está causando  inquietud en Puebla, como en muchos países del mundo.

Por su alto valor real que supera al euro, al dólar  y a cualquiera otra moneda, pues se cotiza desde  $166, 466.22  hasta 190,469.92 pesos mexicanos, se ha convertido en uso de la delincuencia organizada y en el lavado de dinero, apuntó en entrevista el constitucionalista y notario público Miguel Ángel Tejeda Ortega.

Dijo que con el nacimiento de las criptomonedas en  Estados Unidos de Norteamérica y su creador el japonés residente norteamericano Satoshibakamoto (posiblemente un seudónimo de sus verdaderos creadores), desde el año dos mil nueve surgió nueva forma de comerciar y la compra-venta de bienes, sin necesidad de acudir  a una institución bancaria o de hacer uso de una moneda de cualquier país.

Los particulares sólo necesitan acceder a una página de internet y a una cuenta especial, para comenzar a comercializar con  bitcoin.

El valor del bitcoin depende de la oferta y la demanda y de las fluctuaciones de la bolsa de valores de los Estados Unidos de Norteamérica.

En el vecino país, del año dos mil nueve al dos mil diecisiete, las monedas bitcoin se cotizaban en miles de dólares, pero desde el momento que la Comisión Regulatoria de Comercio de la Unión Americana dictaminó que dicha moneda, además de tener un carácter especulativo, da origen al lavado de dinero y apoya  a la delincuencia organizada,  ya se empezó su regulación dando como consecuencia una caída de su  valor en más de un cincuenta por ciento.

Añadió Tejeda Ortega que en México el precio del bitcoin actualmente se cotiza en $ 166,466.22 pesos, moneda nacional, y existen numerosas agencias que se anuncian por internet para venderlo o comprarlo, tal como la plataforma BITSON.

Pero es el caso que el bitcoin no está regulado en México y que, es más, está prohibido según la Ley Monetaria de nuestro país en sus artículos 1° y 2°.

El artículo 1° dice: “La unidad del Sistema Monetario de los Estados Unidos Mexicanos es el peso, con la equivalencia que por la Ley se señala posteriormente”.

Artículo 2°: “Las únicas monedas circulantes son: Los billetes del Banco de México, A) con las denominaciones  que fijen sus estatutos; B).-Las monedas metálicas de cincuenta, veinte, diez, cinco, dos y un pesos, y de cincuenta, veinte, diez y cinco centavos, con los diámetros con posesión metálicas, cuños y demás características que señalen los decretos relativos”.

Artículo 2 Bis “También formarán parte del Sistema las Monedas metálicas acuñadas en platino, en oro y en plata, cuyo peso, cuño, ley y demás características señalen los decretos relativos”.

El Banco de México en tratándose del bitcoin no lo prohíbe expresamente, pero también no lo autoriza por falta de una regulación de carácter legal.

El bitcoin, además de violar la Ley Monetaria no es regulado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y aún más, dicha criptomoneda no es contemplada  por la Ley Antilavado de Dinero (Ley para prevenir e identificar recursos de procedencia ilícita).

En esas condiciones el comercializar con el bitcoin se puede cometer diversos delitos como son el lavado de dinero, el fraude, el apoyo a la delincuencia organizada.

Finalizó el constitucionalista y notario Tejeda Ortega que por todo esto  se recomienda a todas aquellas personas que pretendan invertir en bitcoin, se deben asesorar por expertos financieros.

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