Miércoles, 06 Septiembre 2023 19:27

SCJN despenaliza el aborto en México

• Las disposiciones penales que criminalizan de manera absoluta el derecho a decidir sobre la interrupción del embarazo son contrarias a los derechos a la dignidad humana, a la autonomía reproductiva y libre desarrollo de la personalidad, el derecho a la salud y el derecho de igualdad y no discriminación
• La Primera Sala concedió el amparo a la asociación quejosa para el efecto, aprobado por mayoría de tres votos, de que el Congreso de la Unión derogue las normas que criminalizan el aborto voluntario

CIUDAD DE MÉXICO. - La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) conoció de un asunto en el que una asociación civil impugnó el sistema jurídico del Código Penal Federal que criminaliza el aborto y al personal médico que lo práctica, por atentar contra el derecho de las mujeres y las personas con capacidad de gestar a decidir interrumpir o continuar un embarazo, lo que, a su vez, considera que vulnera los derechos al libre desarrollo de la personalidad, a la salud, a la igualdad y no discriminación y a la autonomía reproductiva.

El Juez de Distrito consideró que la asociación civil carecía de interés legítimo para promover el juicio. Esta decisión fue combatida por la organización civil a través de un recurso de revisión. El Tribunal Colegiado revocó esa decisión tras reconocer que la quejosa sí contaba con interés para controvertir las normas impugnadas, ya que la defensa de los derechos sexuales y reproductivos formaba parte de su objeto social, por lo que reservó jurisdicción a este Máximo Tribunal para que analizara si el delito de aborto voluntario era acorde a los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Al resolver el asunto, a la luz de las consideraciones sostenidas por el Tribunal Pleno, la Primera Sala concluyó que las normas que penalizan el aborto voluntario, ya sea que otra persona lo practique o que la mujer o persona gestante se lo autoprocure, son inconstitucionales al anular por completo el derecho a decidir.

La Sala sostuvo que la criminalización del aborto constituye un acto de violencia y discriminación por razón de género, ya que perpetúa el estereotipo de que las mujeres y las personas gestantes sólo pueden ejercer libremente su sexualidad para procrear y refuerza el rol de género que impone la maternidad como un destino obligatorio.

Por otro lado, el Alto Tribunal determinó que la norma que impone la suspensión del ejercicio de la profesión al personal médico, a las comadronas y parteras que practiquen un aborto o proporcionen ayuda para su ejecución también es inconstitucional, ya que genera un efecto discriminatorio que se traduce en una menor disponibilidad de profesionales capacitados y dispuestos a practicarlo, y esto impacta directamente en el sistema de salud y en el ejercicio de los derechos reproductivos de las mujeres y personas gestantes.

Además, la Primera Sala resolvió que aquellas normas que contemplan que una mujer o persona gestante no debe ser sancionada cuando el aborto se comete por imprudencia, por violación o por grave peligro de muerte son inconstitucionales, porque siguen concibiendo al aborto como un delito y a la mujer como responsable penalmente, aun cuando no se le castigue.

También consideró que el hecho de que una mujer víctima de una violación sexual decida abortar y sea criminalizada por ello, le genera un profundo daño y sufrimiento, ya que extiende los efectos del delito y las obliga a mantener un embarazo no deseado –producto de un hecho traumático—, lo que constituye una forma de tortura y malos tratos.

Finalmente, la Sala determinó que el requisito que obliga a que el personal médico que asiste a una mujer o persona gestante en grave peligro de muerte recabe el dictamen de otro médico para autorizar la interrupción del embarazo, atenta contra sus derechos ya que obstaculiza de forma excesiva el acceso efectivo y sin dilaciones a un aborto por motivos de salud.

A partir de estas razones, y tomando en cuenta que los derechos humanos a la salud e igualdad y no discriminación también tienen una naturaleza colectiva, la Primera Sala revocó la sentencia impugnada y concedió el amparo a la asociación quejosa para el efecto, aprobado por mayoría de tres votos, de que el Congreso de la Unión derogue las normas contenidas en el Código Penal Federal que criminalizan el aborto voluntario (autoprocurado o consentido), antes de que finalice el periodo ordinario de sesiones en que se le notifique la sentencia de este asunto.

Amparo en revisión 267/2023. Ponente: Ministra Ana Margarita Ríos Farjat. Resuelto en sesión de 6 de septiembre de 2023.

Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.

Publicado en ESTADOS
Miércoles, 08 Septiembre 2021 20:14

Despenalización del aborto

Columna | Desde el portal

La Suprema Corte de Justicia de la Nación tomó una decisión histórica de despenalizar el aborto, no sólo atendiendo la demanda de un sector, sino de una decisión personal que corresponde a las mujeres, víctimas de sistemáticos abusos de violaciones o de gestaciones no deseadas y que, aún cuando va en contra del derecho de la vida, sí afecta a otras.

No es tanto que la Ley obligue o no a consumar un acto que va en contra de la vida, sino también el respeto a la vida misma, si es que la decisión  no sólo afecta o daña a una persona o más. La discusión al respecto ha sido prolongada de una parte y de otra sin que se pudiera avanzar por la natural oposición a la misma determinación.

Al considerar que el caso ha sido suficientemente discutido y se ha atendido las propuestas en favor y en contra, y asumiendo que se corren riesgos de que la medida legalizadora no sea aceptada o rechazada, la SCJN determinó por lo que considera más justo, recibiendo el respeto del mismo Poder Ejecutivo Federal.

Por lo consiguiente, es respetable la decisión del máximo tribunal puesto que al interior del mismo hay representantes de la sociedad y de sus diversas corrientes políticas e ideológicas, pero más allá de estas expresiones, se trata de tomar en consideración lo que mejor le conviene a la sociedad en general.

Si durante décadas se respetó y se evitó la confrontación con los grupos o las asociaciones feministas de todas tendencias, hoy se considera que las expresiones se han manifestado con toda libertad y que, en consecuencia, debería tomarse una decisión por encima de esas tendencias que, aun cuando respetables porque pugnan por el derecho de seres indefensos, también hay quienes demandan respeto a su propia vida.

Esta es una decisión que también va en contra de las muy respetables decisiones de los congresos de los estados, pues en cada entidad federativa los puntos de vista son diversos y justificados. Y están en su derecho de legislar de acuerdo a los puntos de vista de las mayorías o las minorías, pero también el derecho de la SCJN de establecer mecanismos legales que rijan en el país.

Y “haiga sido como haiga” sido, la determinación del Poder Judicial es respetable y cumple con su función de regular la vida nacional. Cada quien que asuma la suya en lo individual, grupal o faccioso, pues cada persona debe asumir su decisión en favor de la persona o la sociedad y debemos encaminarnos hacia el respeto de la persona y de las decisiones de la mayoría.

Esto va a la par de los cambios que se van consumando en el país, donde todo cambia y nada permanece estático. Y si es estático y ya muy visto, debe cambiarse para dar paso a las nuevas corrientes, a las nuevas generaciones, y las formas de pensar innovadoras que aun cuando vayan en contra de las tradiciones o de las ideas conservadoras, debe aceptarse que hay otras formas de pensar.

Por eso la SCJN cumplió con su función y que bueno porque de esa manera demuestra que está vigente y dispuestas a asumirse como rectora de los nuevos cambios y adaptándose a una realidad cada vez más cambiante, y que debe ser cada vez más respetuosa de la Ley y de sus instituciones.

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Publicado en COLUMNAS

Feministas las apoyan; en contra, representantes de intereses familiares

Puebla, Pue.- En virtud de la reciente polémica que se ha presentado en el Estado de Oaxaca, en donde su Congreso despenalizó  el delito del aborto, mediante la figura denominada “Interrupción del embarazo dentro de las doce primeras semanas de la gestación´´, diversos grupos feministas han apoyado dicha despenalización, en tanto que otros que se dicen representar intereses de las familias mexicanas, están en contra”.

En el Estado de Puebla, en días recientes el Congreso local únicamente aprobó reducir las penas para aquellas personas que cometan el delito del aborto, reducción que antiguamente era de cinco años a un año, pero dicha figura penal sigue vigente.

Manifestó el Constitucionalista poblano Miguel Ángel Tejeda Ortega, que dos son las únicas entidades federativas que reconocen la despenalización del aborto, siendo éstas la Ciudad de México y el Estado de Oaxaca.

En consecuencia, legisladoras morenistas del país, tanto de la Cámara de Diputados como de Senadores, dieron a conocer que en próximos días van a presentar una iniciativa de ley para reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en específico adicionar el artículo 73, en donde se establezca que solamente el Congreso de la Unión podrá legislar en materia de la despenalización del aborto o la interrupción del embarazo dentro de las doce primeras semanas de gestación, tomando en cuenta la jurisprudencia que ha pronunciado la Suprema Corte de Justicia de la Nación desde el año dos mil cinco, en donde se establece que dicha figura es Constitucional.

El criterio del jurista Miguel Ángel Tejeda Ortega, al valorar dicha propuesta menciona que se violentaría la soberanía de los estados el adicionar la Constitución, ya que es competencia exclusiva de los Congresos locales legislar sobre la materia penal local, de los delitos que se cometan dentro de su territorio y no convertir al aborto en una figura de carácter federal.

Lo que se pretende con esta medida es centralizar facultades que originalmente corresponden a los estados, para otorgárselas al Congreso de la Unión, violentando el pacto federal.

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Lunes, 07 Octubre 2019 19:49

Efectivamente, ya no somos los mismos

Columna | P U L S O   P O L I T I C O

             En un diario de circulación nacional, hay una columna cuyo nombre es: “Ya no somos los mismos” y es que son muchas las cosas que han cambiado realmente en la vida económica, política y social, de este país.

             Las sesiones del Congreso del Estado de los años sesenta, setenta y aun de los ochenta, no se parecen en nada a las actuales.

              Como reportero y estudiante de leyes de aquéllas épocas, me gustaba asistir a las sesiones de los diputados locales, todos priístas en los sesentas, con algunos panistas, pepinosocialistas y parmistas, en los años setenta y luego con la llegada de los del PSUM y de otros partidos en los ochenta. Nada puede compararse con lo que hoy ocurre.

               Los temas que se trataban en las sesiones de los diputados locales, ni a ellos les importaban. Siempre eran iniciativas que mandaba el Ejecutivo y que todos sabían que tenían que ser aprobadas por unanimidad, cuando la totalidad de los legisladores eran priístas y con algunos votos en contra o abstenciones, cuando empezó a haber diputados de oposición.

               Los debates empezaron cuando llegaron panistas a ocupar una curul. El diputado y abogado Liborio Hernández Xochitiotzin, inició una histórica discusión sobre la existencia de una Junta de Mejoramiento Moral Cívico y Matarial del Municipio de Puebla, cuya desaparición proponía, pues realizaba funciones que correspondían al Ayuntamiento, sin ser un organismo electo por el pueblo. Los priístas estaban desconcertados: La Junta de Mejoras era un organismo conformado por empresarios de derecha y quien pedía su desaparición era un diputado representante de la derecha.

              El coordinador de la bancada priísta, Salvador Lobato Contreras, un maestro del CENCH que había sido locutor en sus buenos tiempos, con la voz educada de los locutores y la solemnidad que los maestros adoptaban en los actos públicos, respondió al virulento ataque de Xochitiotzin, que de frente, con argumentos legales irrebatibles, pues su tesis que para obtener su título de abogado, había tenido como tema: “El Municipio libre en México” lo que le daba una enorme ventaja sobre los priístas a varios de los cuales convenció y unos se unieron a la petición y otros se abstuvieron en la votación.

              El profesor Lobato, visiblemente molestó reclamó a varios de los diputados que coordinaba, su postura ante el tema que estaba en debate y les advertía: “Piensen qué van a decirle al señor gobernador”.

              Este reportero abordó a la salida al diputado representante de la sección 23 del SNTE, el profesor Romero Vidals, preguntándole que le había parecido la intervención del panista, y su respuesta fue: “brillante, Andraca, brillante”. ¿Y porqué no votó a favor? Preguntamos y la respuesta fue: “Porque no soy pendejo”. Y es que entonces los diputados priístas dependían totalmente del Ejecutivo y sabían que una postura del PRI en contra de un organismo manejado por el sector privado de Puebla, iba a causar un problema al gobierno local.

             En los últimos días en el Congreso, se ha debatido sobre la despenalización del aborto y sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo y las discusiones han sido fuertes sin llegar a acuerdos.

              Los temas tratados, ni en sueños hubieran siquiera sido esbozados en aquellos viejos tiempos. La presencia de la oposición en la Legislatura local, se veía como una concesión a “los pobres locos que se la pasan hablando de la falta de democracia y de la falta de respeto al voto”.

               Primero fue Liborio Hernández Xochitiotzin; siguió el licenciado Jesús Antonio Carlos Hernández, del PPS y luego el panista Teodoro Ortega. En las discusiones había mucho de carga ideológica, pues los partidos todavía no perdían eso de la ideología que ahora tienen completamente olvidada.

              Ahora la diputada más destacada del PRI, Rocío García Olmedo y Marcelo García Almaguer, diputado independiente, proponen someter a discusión las iniciativas del gobernador para abrir paso a la despenalización del aborto y a la realización en Puebla, de matrimonios igualitarios y por mayoría de votos esas propuestas fueron desechadas. Y el grupo mayoritario del Congreso, es morenista.

               Y en las galerías del salón de sesiones, cientos de miembros de los grupos gay y de mujeres partidarios de modernizar la legislatura local en esos temas, gritando apoyado o abucheando a los oradores, según el caso.

               La discusión iniciada la semana pasada, continuó ayer.

                Definitivamente ya no somos los mismos ni volveremos a ser como antes. Los mexicanos estamos inmersos en un proceso de cambios de los que no habrá marcha atrás. En algunos casos el avance será lento y en otros más acelerado, pero vamos hacia delante, afortunadamente.

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La Carta Magna no define aún en qué momento se protege el derecho a la vida

Puebla, Pue.- El Congreso Local de Nuevo León reformó su Constitución para establecer un artículo en que  se protege el derecho a la vida desde el momento de la concepción´´; en consecuencia en dicho estado, desde la semana pasada se penalizan las conductas tendientes a provocar el aborto de las mujeres, por cualquier medio, sin que exista alguna excepción legal al respecto.

El Constitucionalista poblano y Notario público Miguel Ángel Tejeda Ortega, al ser entrevistado al respecto, informó que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus 136 artículos y múltiples reformas, no ha definido en la Carta Magna, en  qué momento se protege el derecho a la vida y, en consecuencia diversas legislaturas locales han dado su definición como la de Nuevo León, y la protección del derecho a la vida desde el momento de la concepción, penalizando cualquier conducta que pueda producir el aborto de la mujer.

Tejeda Ortega explicó que en la Ciudad de México, desde el año 2007 se estableció la figura “La interrupción del embarazo dentro de las primeras doce semanas de gestación´´, considerando que esta medida está en favor de las mujeres y su pleno desarrollo sexual.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el año 2008, declaró constitucional la interrupción del embarazo dentro de las primeras doce semanas de gestación; esta resolución ha dado lugar a mucha polémica y debate entre diversos grupos sociales en el país.

En Puebla, comenta el constitucionalista Tejeda Ortega, el aborto no es sancionable en los siguientes casos, según el artículo 343 del Código de Defensa Social: I.-Cuando sea causado sólo por la imprudencia de la mujer embarazada.- II.-Cuando el embarazo sea el resultado de una violación; III.-Cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte, a juicio del Médico que la asiste.- IV.-Cuando el aborto se deba a causas eugenésicas graves, según dictamen que previamente rendirán dos peritos médicos.

Por supuesto que el Código Penal Poblano no contempla la figura de la interrupción del embarazo dentro de las primeras doce semanas de gestación y, más bien sanciona conductas en que la mujer pueda practicar el aborto o personas que la ayuden para ello, con pena de prisión de tres a seis años y si se empleare violencia física o moral se impondrá al delincuente prisión de seis a ocho años.

En la Secretaria de Gobernación en México, la Ministra en retiro Olga Sánchez Cordero, declaró a los medios de comunicación que para que se despenalice el aborto en México se requiere crear un código único en materia penal que regulará y sancionará a todos los mexicanos en la República.

Tejeda Ortega  comentó que la medida declarada por Sánchez Cordero violenta la soberanía de los Estados de la República, como lo ha pretendido en otras materias, que es el caso del Derecho Notarial, centralizando las facultades de los estados en una facultad única del Congreso de la Unión y desconociendo la importancia del federalismo.

Contra la medida tomada por el Congreso de Nuevo León, miles de mujeres en protesta salieron a las calles de la Ciudad de México a demostrar su inconformidad, así como las medidas que ha tomado el actual Presidente de la República López Obrador,  para desaparecer las estancias infantiles y los refugios que apoyan a las mujeres sujetas a violencia y maltrato.

Finalmente López Obrador declaró a la prensa que su gobierno no se va a meter en la polémica y debate del aborto, lo que algunos especialistas consideran es una posición conservadora del actual  Presidente de la República.

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