• “Responsabilidad Penal de las Empresas” fue el nombre de la ponencia dictada por la Mtra. Monserrat Garza Contreras.

San Andrés Cholula, Puebla.- Ofrecer los conocimientos y la información más actual en las distintas áreas del conocimiento es una de las prioridades de la Universidad Madero quien cuenta con los planes de estudio más actualizados y de manera constante acerca a sus alumnos temáticas de interés para mantenerlos al día y al egresar tengan las herramientas para enfrentarse a las exigencias del mercado laboral vigente.

Ese fue el objetivo de la ponencia "Responsabilidad Penal de las Empresas" dictada por la catedrática Monserrat Garza Contreras, maestra en Ciencias Penales, Derecho Constitucional y Juicio de Amparo, quien imparte la materia de Derecho Procesal Penal en la propia UMAD.

“Con las reformas al Sistema de Justicia, el tema de los juicios orales fue una de las novedades, y en eso se han enfocado todos los reflectores. Sin embargo esta reforma tiene nuevas figuras penales como es el caso de la responsabilidad penal de las empresas”.

La Mtra. Garza Contreras puntualizó que si bien, antes también había sanciones a empresas como por ejemplo en temas de medio ambiente. En la actualidad existe una lista puntual de acciones penales en las que puede incurrir una empresa.

“¿Qué es lo que sanciona la ley penal en el caso de las empresas? El no prevenir la comisión de delitos que puedan ocurrir al interior de la misma, utilizar a la empresa o a través de ella cometer algún delito; que éste sea cometido por directivos, gerentes, socios, administradores, trabajadores, etc. Que la empresa no se involucre en el tema de prevención de estos delitos en su interior…”

La experta señaló que la corrupción es uno de los elementos que también se prevé entre las responsabilidades penales de las organizaciones ya que con la reforma a la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, directamente se involucra a las empresas en temas de prevención del delito y la obligación de generar políticas de integridad, mismas que incluso ya son compromisos internacionales.

“México se encuentra un poco desfasado porque el Sistema Acusatorio Adversarial por sí mismo no es fácil de comprender o de implementar en nuestro país; esto debido a que nuestra cultura jurídica es distinta y a un exceso de confianza porque la reforma fue en el 2008 y esperamos hasta el 2016 para tomar medidas emergentes”.

Destacó que como docente y consultora en materia penal y corporativa, considera importante identificar y divulgar estas reformas que no solo afectan a los abogados, sino a toda la sociedad; pues en este caso por ejemplo, los empresarios pueden estar incurriendo en conductas delictivas por desconocimiento.

“Los abogados no solamente nos dedicamos al litigio, tenemos muchísimas ramas en donde nos necesitan y una de ellas es justamente esta área de prevención de delito dentro de las empresas o códigos de ética. Esta es una ventaja que obtienen los estudiantes de Derecho de la UMAD, pues además de tener la oportunidad de especializarse en cualquier rama del derecho, pueden acceder a la información más reciente que se va generando en nuestro sistema jurídico mexicano”.

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“Se acabaron las escusas, los sindicatos tendrán que transparentar información sobre el uso de recursos públicos”. Mediante un punto de acuerdo, el senador Luis Humberto Fernández convocó a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, así como al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), a dar cumplimiento a las obligaciones en materia de transparencia a que están sujetos los sindicatos en el país.

Lo anterior basado en la sentencia emitida por el Juzgado Octavo en Materia Administrativa del Distrito Federal con número de folio 1666/2016 a favor de un particular y en contra del Sindicato Nacional de los Trabajadores de la Educación (SNTE), lo que marca un precedente histórico en materia de transparencia sindical y rendición de cuentas, expresó el Senador Fernández Fuentes.

“El hecho representa un avance para hacer accesible el derecho a la información y rendición de cuentas para todos los ciudadanos y para los agremiados de cada organización sindical”.

La resolución hace procedente la solicitud de información presentada ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), para conocer a detalle las erogaciones y pagos realizados con recursos públicos.

La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en su Primer artículo establece que para garantizar el derecho de acceso a la información pública toda autoridad, entidad, órgano, organismo, partido u organismo de los tres poderes de la Unión que reciba y ejerza recursos públicos federales o realice actos de autoridad, incluidos los Sindicatos, se encuentran obligados a transparentar y permitir el acceso a la información.

También instruye sanciones para los sujetos que no cumplan con las obligaciones de transparencia, las cuales consisten en amonestaciones y multas que van de 150 días de salario mínimo a mil 500 días de salario mínimo, adicionalmente se pueden aplicar multas de hasta 50 días de salario mínimo a quienes persistan en el incumplimiento.

Son 140 sindicatos sujetos a cumplir con las obligaciones de transparencia, de los cuales, hasta diciembre de 2016, únicamente 60 habían iniciado su capacitación para cumplir con la obligatoriedad.

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