Deben los notarios aplicar con rigor el Código Civil en este mes

Puebla, Pue.- Este ´´Mes del Testamento´´ los notaros públicos deben actuar con estricto rigor que regula el Código Civil para otorgar Testamentos Públicos, ya que de lo contrario se puede incurrir en errores y vicios que nulifican dichos documentos y su eficacia. 

Por su parte el futuro testador debe ´confesarse´, es decir, hablar con la verdad ante el notario público o fedatario; de no hacerlo así, el testamento que se otorgue en base a datos inexactos o con falsedades, dañaría la eficacia y causaría que no se consiga el fin propuesto, que es transferir parte del patrimonio o la totalidad de éste, a las personas que le han sido fieles a aquel en su vida, a familiares o amigos.

Al resaltar que el testamento es un acto eminentemente solemne y formal, que trasciende después de la muerte del testador; un acto personalísimo, eminentemente revocable, el Notario Público número 14, Miguel Ángel Tejeda Ortega, en entrevista agregó:

Dentro de los datos exactos que el testador debe proporcionar, están: Su estado civil; si los bienes que adquirió son de su exclusiva propiedad o forman parte de la sociedad conyugal; si pretende desheredar a algunos familiares y si es posible especificar el motivo de ello; la razón por la cual va a beneficiar a sus herederos; si existe algún incapaz o discapacitado que dependa del trabajo del testador; si los herederos son mayores o menores de edad; si el testador ha tenido dos o más matrimonios y la descendencia de éstos. En fin, llevar a cabo una plena confesión de su vida personal, su patrimonio y su familia.

Con datos falsos  y si el testador dispone de todos sus bienes sin tomar en cuenta que éstos pueden formar parte de una sociedad conyugal, daría lugar a una transmisión equivocada de los mismos. De igual manera si existe algún menor o incapacitado que dependa del testador  y lo deje fuera de su testamento o no le deje alimentos de por vida, dicho testamento será declarado inoficioso y en consecuencia no tendría la eficacia debida.

Como caso curioso recordó el Notario Tejeda Ortega, el testamento de la actriz de cine María Félix: ante un fedatario de la Ciudad de México manifestó tener cinco años menos de la fecha de su nacimiento original (por vanidad), lo que dio lugar a que uno de sus hermanos  impugnara dicho testamento, aduciendo que su hermana no se encontraba en pleno uso de sus facultades mentales; además de lo extraño supuestamente de su fallecimiento, lo que originó que a través de un procedimiento judicial se obligara a la exhumación del cadáver y al análisis de sus restos mortales.

Finalmente señaló que por acuerdo del Colegio de Notarios del Estado de Puebla, en septiembre, Mes del Testamento, el costo será de $ 1,200.00, moneda nacional, más IVA por testamento. Este costo es únicamente para personas que sean propietarias de un solo bien inmueble cuyo valor no sea mayor a $ 550,000.00 -moneda nacional-, de acuerdo al valor catastral que se refleje en la boleta predial 2018.

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