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Lunes, 17 Agosto 2026 20:51

SCJN elimina requisito de “modo honesto de vivir”

SCJN elimina requisito de “modo honesto de vivir” Fotografía: Especial

- El Pleno de la SCJN aprobó un proyecto de la Ministra Yasmín Esquivel Mossa relativo a la participación de pueblos y comunidades indígenas en cargos públicos.
 
Ciudad de México.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó diversos requisitos para ocupar la titularidad de la Dirección de Atención para las Personas Indígenas y Afromexicanas de Baja California Sur, a fin de determinar si son compatibles con los derechos de igualdad y no discriminación, acceso a los cargos públicos y participación de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
 
En la acción de inconstitucionalidad 124/2025, bajo la Ponencia de la Ministra Yasmín Esquivel Mossa, se determinó invalidar los requisitos de tener un “modo honesto de vivir” y contar con un título universitario de al menos cinco años de antigüedad para dirigir el área encargada de atender a las personas indígenas y afromexicanas.
 
De acuerdo con la Ministra, el término “modo honesto de vivir” es una expresión ambigua que permite valoraciones subjetivas sobre quién puede acceder a un cargo público.
 
Mientras que el segundo requisito puede excluir a personas que históricamente han enfrentado mayores barreras para acceder a la educación superior, pero cuentan con experiencia comunitaria, conocimiento del contexto y trayectoria en la defensa de los derechos de sus pueblos.
 
Con esta resolución el Pleno garantiza que los requisitos para ocupar un cargo público sean constitucionales y guarden una relación real con las funciones que se van a desempeñar, sin convertirse en barreras de exclusión o discriminación.