Obligado el Gobierno federal a transparentar  inversiones en  sus obras

Puebla, Pue.  Al admitir la SCJN la controversia constitucional promovida por Instructor, concedió la suspensión definitiva en contra de dicho decreto, para el efecto de que no se pueda aplicar en sus términos y, en consecuencia, el Gobierno Federal, Secretarías de Estado y el Ejercito Mexicano, tienen la obligación de proporcionar toda la información que los particulares le soliciten sobre las obras monumentales de AMLO y que construye el Ejercito Mexicano.

Los expertos en Derecho al informar lo anterior aseguraron que debe recordarse, que la controversia constitucional promovida por el INAI, únicamente impugnó la falta de transparencia, que se dará por conducto del decreto, al dinero que se maneja para la construcción de obras públicas, calificadas de interés público y seguridad nacional.

La resolución de la Corte toma en cuenta el principio jurídico de la “Apariencia del Buen Derecho”, que consiste en un análisis previo de la constitucionalidad, o no del decreto impugnado, considerando el Ministro González Alcántara y Carrancá, que si tiene vicios de inconstitucionalidad cuando se violenta el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El Derecho Constitucional, señalaron a este medio digital, expone que la suspensión del acto reclamado, no evita el que se sigan construyendo las obras monumentales de AMLO, pero que si tiene obligación el gobierno federal y el Ejercito, de dar a conocer como se destinan los ara dichas obras, con plena transparencia.

Por otra parte, se informó que un Juez de Distrito en la República Mexicana, le negó la suspensión a un particular que se había amparado en contra de dicho decreto.

Por lo tanto, es fundamental que la controversia constitucional, promovida por el INAI, tenga plena eficacia y se declare inconstitucional el ya famoso decretazo de AMLO.

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