Correcta la suspensión que inconforma a AMLO y no la admite

Puebla, Pue.- Una suspensión provisional de juicio de amparo concedido en la Ciudad de México, beneficia tanto al menor de edad que lo promovió, como a todos los jóvenes entre las edades de 12 a 17 años de edad, para que sean vacunados en contra de la enfermedad infecciosa del covid-19.

En entrevista con el Constitucionalista y Amparista Poblano Miguel Ángel Tejeda Ortega, manifestó a este medio que la suspensión que se comenta y que fue otorgada por un Juez de Distrito en la Ciudad de México, es correcta y se encuentra fundada en el artículo 107, fracciones I y X de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y su Ley Reglamentaria que viene siendo la Ley de Amparo.

Detalló que la fracción I del artículo 107 Constitucional dice: “El Juicio de Amparo se seguirá siempre a instancia de parte agraviada, teniendo tal carácter quien aduce ser titular de un derecho o de un interés legítimo individual o colectivo, siempre que alegue que el acto reclamado viola los derechos reconocidos por esta Constitución y con ello se afecte su esfera jurídica, ya sea de manera directa o en virtud de su especial situación frente al orden jurídico”.

Tejeda Ortega también explicó que el menor de edad que se amparó lo hizo en base a un interés legítimo colectivo, en virtud de que las políticas públicas por parte del gobierno federal no son benéficas para los menores de edad, quienes sin importar su edad pueden contraer el virus del covid 19, y en algunos de los casos la enfermedad puede ser mortal para dichos menores. Por esa razón el Juez de Distrito amplió la concesión de la medida a todos los menores mayores de 12 a 17 años de edad.

Por otra parte, el artículo 107 Constitucional, en su fracción X menciona: “Los actos reclamados podrán ser objeto de suspensión en los casos y mediante las condiciones que determine la Ley Reglamentaria, para lo cual el Órgano Jurisdiccional del Amparo, cuando la naturaleza del acto lo permita, deberá realizar un análisis ponderado de la apariencia del buen derecho y del interés social”.

El jurista Tejeda Ortega al analizar este precepto reconoce que el Juez de Distrito actúó correctamente, pues en base al principio que rige al amparo denominado “la apariencia del buen derecho”, el Juez Federal protegió a todos los menores comprendidos en las edades de los 12 a los 17 años, de toda la República Mexicana.

No obstante ello, el Presidente de la República Andrés Manuel López Obrador en su mañanera dio a conocer que no estaba conforme con la resolución judicial, yque denunciaría al Juez Federal que la pronunció e  interpondría el recurso correspondiente para combatirla, ya que no está dispuesto a que un solo Juez le cambie su esquema de vacunación en nuestro país, lo que ha sido severamente criticado por los analistas políticos y juristas mexicanos.

En medios de comunicación nacionales se menciona que se están regalando las vacunas que tiene México a países centro americanos y de El Caribe como Cuba y Venezuela, por cientos de miles y ahora se les pretende negar a nuestros menores de edad mexicanos.

Publicado en NACIONAL

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