Reformas la facultan para desechar recursos en materia de amparo

Puebla, Pue.- Las reformas constitucionales que entraron en vigor el día once de marzo de este año, referentes a la estructura del Poder Judicial de la Federación y el Juicio de Amparo, le dieron amplias facultades al Presidente de la Suprema Corte para desechar recursos en materia de amparo y que solamente este más alto tribunal de la nación conozca de asuntos que revistan un interés excepcional en materia constitucional.

Lo anterior lo dio a conocer el Constitucionalista poblano y Notario Público Miguel Ángel Tejeda Ortega, quien manifestó que además de las reformas constitucionales, se expidió una nueva Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que entró en vigor el día siete de junio del presente año, reformas a la Ley de Amparo, además de que el Pleno de la Corte emitió el acuerdo general número 1/2021, de fecha 08 de abril de este año 2021.

La Reforma Constitucional establece que el Poder Judicial de la Federación estará depositado en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Plenos Regionales de Circuito, Tribunales Colegiados de Circuito, Jueces de Distrito, además del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Tejeda Ortega refirió que entre lo más importante de esta reforma constitucional, está el sentido de que la Suprema Corte únicamente conocerá de asuntos que revistan un interés excepcional, pero en ningún momento en la reforma constitucional, o la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal, ni en la Ley de Amparo, se  establece que se debe entender por interés excepcional, ni cuáles son los parámetros para poder ubicar el mismo, lo que dará lugar e incertidumbre al Foro Nacional de Abogados cuando promuevan sus amparos, ya sea en las vías indirecta o directa.

Con el fin de descargar trabajo a la Suprema Corte se le otorgan facultades absolutas y discrecionales al Presidente de la Corte para desechar recursos de revisión que impugnen inconstitucionalidad de leyes, o expresen la interpretación o no de un precepto de la Constitución o tratado internacional.

Estas reformas que según ha señalado el Ministro Arturo Zaldívar, son benéficas para el Poder Judicial de la Federación, ya que establecen la carrera judicial federal y una serie de responsabilidades para los servidores judiciales, algunos analistas del derecho han manifestado que puede beneficiar enormemente a la Cuarta Transformación y a las políticas del Presidente de la República Andrés Manuel López Obrador.

En la actualidad existen cientos de amparos que impugnan la inconstitucionalidad de leyes emanadas por el actual Congreso de la Unión, con una mayoría absoluta del partido Morena, acciones y controversias constitucionales en contra de leyes iniciadas por Diputados y Senadores de dicho partido y que están pendientes de resolución por la Suprema Corte, como son: La Ley de Hidrocarburos, la de Energía Eléctrica, la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos, el padrón para controlar la telefonía móvil y por supuesto el artículo 13 transitorio que le amplia por dos años más el mandato al Ministro Arturo Zaldívar.

Abogados y Especialistas en Derecho esperan que estos asuntos se resuelvan con estricto derecho y que los Jueces y Magistrados no se vean presionados por el Consejo de la Judicatura cuando dicten sus fallos o resoluciones, ya que aumentaron las sanciones y penas privativas de la libertad para los servidores del Poder Judicial de la Federación.

Publicado en NACIONAL

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