Puebla, Pue.- El pasado diecinueve de enero la Senadora Olga Sánchez Cordero, del grupo parlamentario de Morena, presentó iniciativa para adicionar el artículo 121 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en consecuencia reglamentar la organización y funcionamiento del Notariado Mexicano en todo el  país.

En entrevista con el Constitucionalista Poblano y Notario Público Miguel Ángel Tejeda Ortega, expresó su criterio sobre la iniciativa de reforma constitucional, en los siguientes términos:

Que, si bien se eleva la figura del Notario Mexicano a nivel Constitucional, adicionando el artículo 121 de nuestra Carta Magna y considerando que la función notarial se regirá por los siguientes principios: I.- Autonomía. II. Auxiliar de la administración de justicia. III. Buena Fe. IV. Colegiación. V. Examen de Oposición. VI. Fe Pública Instrumental. VII. Garantía Social. VIII. Imparcialidad. IX. Independencia. X. Legalidad. XI. Libertad. XII. Matricidad. XIII. Profesionalismo. XIV. Rogación. XV. Seguridad Jurídica. Todos estos principios son definidos y se limitarán en el propio texto de la adición comentada.

El Jurista Tejeda Ortega señaló que por lo que se refiere a los artículos cuarto y sexto Transitorios de la iniciativa propuesta al Senado, estos son inconvencionales y por ende violentan los principios de nuestra Carta Magna, por las siguientes consideraciones:

El artículo sexto transitorio, establece “Las Notarias y los Notarios que, con motivo de la entrada en vigor del presente decreto, hayan superado la edad máxima de setenta y cinco años, para el ejercicio de la Función Notarial, tendrán como plazo el de un año, contado a partir de la entrada en vigor del mismo, para hacer la entrega del protocolo al asociado, o a la autoridad que corresponda”.

Por supuesto este artículo es completamente inconvencional, violentando lo que establece el artículo 18 de la Convención Interamericana sobre la protección de los Derechos Humanos de las personas mayores, que al efecto dice: “Derecho al Trabajo. La persona mayor tiene derecho al trabajo digno y decente y a la igualdad de oportunidades y de trato respecto a los otros trabajadores sea cual fuere su edad. Los Estados partes adoptaran medidas para impedir la discriminación laboral de la persona mayor”.

De igual manera Tejeda Ortega señala que esta iniciativa violenta el último párrafo del artículo 1° Constitucional, que dice: “Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y que tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.

Estas son categorías protegidas por la Constitución, como es el caso de la edad de las personas y en consecuencia se presumen inconstitucionales, salvo prueba en contrario, razón por la cual el cesar a un Notario en el ejercicio de su función, por tener setenta y cinco años o más, deviene de inconvencional e inconstitucional dicha propuesta, además de que los Notarios en México al ser retirados de su función no reciben ninguna pensión o jubilación, por lo que se encuentran desprotegidos económicamente en su vejez.

En tratándose de los Notarios Auxiliares, que también los pretende desaparecer la Senadora Olga Cordero en un artículo cuarto transitorio, violenta el espíritu del artículo 14 Constitucional y la Convención Americana de los Derechos Humanos, al desconocer los derechos adquiridos de estos Notarios y los años de antigüedad que han prestado su servicio a la función notarial.

Especialistas en la materia han señalado que la Senadora Olga Sánchez Cordero no tiene más de tres años de haber ejercido la función notarial en forma continua e ininterrumpida, pues siempre ha sido beneficiada de los gobiernos de la Ciudad de México y del Gobierno Federal, al desempeñarse como Magistrada del Tribunal Superior de Justicia del entonces Distrito Federal por varios años, posteriormente quince años como Ministra de la Suprema Corte, con una pensión en su retiro sumamente abundante y posteriormente con apoyo de AMLO ser Secretaria de Gobernación durante tres años y actualmente se desempeña como Senadora hasta el año dos mil veinticuatro, pretendiéndose reelegirse por otros seis años (actualmente la Senadora cuenta con la edad de setenta y cinco años).

En consecuencia de ello, Notarios consideran que no tiene la calidad moral para presentar la iniciativa de reformas a que se ha hecho mención, que afectan gravemente a Notarios Públicos de la tercera edad y a Notarios Auxiliares.                 

Publicado en NACIONAL

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