Fallo de la Suprema Corte declaró inconstitucional la Ley Bonilla de BC

Puebla, Pue.- El Pleno de la Suprema Corte al declarar inconstitucional el decreto número 351 del año 2019, mediante el cual el Congreso del Estado de Baja California aumentó el plazo de duración del cargo de Gobernador de dicho Estado, Jaime Bonilla Valdez, de 2 años que tenía originalmente a 5 años, desvaneció el sueño de algunos gobernantes actuales que pretenden reelegirse.

Sobre el tema el Constitucionalista poblano Miguel Ángel Tejeda Ortega, comentó que esta resolución del más alto tribunal de la nación es favorable para todo el pueblo mexicano, y termina con las ambiciones que algunos gobernantes en México puedan tener o tienen para reelegirse o, en su caso, que las Legislaturas locales les amplíen la duración de dichos cargos, como sucedió en el Estado de Baja California y en tratándose del gobernador Jaime Bonilla (Morenista).

El Jurista Tejeda Ortega señaló los antecedentes del caso y mencionó que el decreto legislativo del año 2014 del Congreso de Baja California, se reformó  y en su artículo 8vo transitorio se estableció que con el fin de empatar las elecciones locales a las federales, por primera vez la duración del cargo de gobernador de dicho estado duraría únicamente 2 años, como aconteció en el Estado de Puebla con el gobernador interino Antonio Gali.

Habiendo ganado las elecciones Jaime Bonilla y terminado el proceso electoral, la Legislatura de dicho estado volvió a reformar el artículo noveno transitorio de su Constitución local para ampliar la duración del cargo de 2 a 5 años, de tal manera que el gobernador Jaime Bonilla terminara su función en el año 2024 y no como se había previsto originalmente, en el año 2021.

Inconformes con dicha reforma constitucional local, los partidos políticos PAN, PRD, Movimiento Ciudadano y PT, promovieron diversas acciones de inconstitucionalidad, así como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, llegando dichos asuntos a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y turnándose los mismos al Ministro José Fernando Franco González Salas para su estudio.

Comenta Tejeda Ortega que el decreto reformado. según criterio del Ministro  Franco González Salas, violenta el principio de certeza electoral que debe existir en el sistema democrático de México y sobre todo el artículo 105, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que dice textualmente:

“Las leyes electorales federal y locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos noventa días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse, y durante el mismo no podrá haber modificaciones legales fundamentales”.

El decreto 351 de la reforma a la Constitución de Baja California fue dado durante el proceso electoral de dicho Estado, aunque su promulgación y publicación se emitió después de concluido este.

De igual manera el decreto declarado inconstitucional se señaló que se aplicó retroactivamente en beneficio del actual gobernador Jaime Bonilla, lo que prohíbe el artículo 14 Constitucional, que establece que a ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.

Es fundamental comentar que el presidente de la Suprema Corte Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, declaró públicamente en el pleno que se llevó a cabo por medios remotos, que se dio un gran fraude electoral en el Estado de Baja California y que los diputados locales cometieron un grave ilícito al prorrogar la duración del cargo de Gobernador de su Estado y que, además se violentaron los artículos 39, 40, 41 y 116 de la Constitución Politice de los Estado Unidos Mexicanos, pues los bajacalifornianos fueron a votar en favor de su candidato preferido, para el cargo de gobernador y exclusivamente por un periodo de 2 años, no así de 5 años, lo que violentó la voluntad del voto popular.

Los once Ministros de la Corte estuvieron de acuerdo en calificar el gran fraude electoral que se cometió en el estado de Baja California, por lo que la votación fue unánime e histórica, pues deja un precedente para que futuros gobernantes en México no se puedan reelegir o ampliar el plazo de duración del ejercicio de su cargo, incluye por supuesto al Presidente de la República.

Finalmente el Senador por Morena, Germán Martínez, declaró a la prensa en la Ciudad de México  que se debe fincar responsabilidad penal a aquellos legisladores del estado de Baja California, que participaron en el gran fraude electoral.

Publicado en NACIONAL

Surge la duda de si la Constitución bajacaliforniana prevalecerá o no

Puebla, Pue.- Desde que el Gobernador del Estado de Baja California, Jaime Bonilla Valdez, tomó posesión de su encargo el día primero del presente mes, por un plazo de cinco años, ha surgido la duda de si las reformas hechas a la Constitución bajacaliforniana van a prevalecer o no, y si fue correcta la prórroga de duración del ejercicio  en ese cargo de dos a cinco años.

Miguel Ángel Tejeda Ortega, Constitucionalista poblano , comentó que éste es un conflicto de carácter constitucional, que pone en riesgo la democracia mexicana y sus instituciones, pues según los artículos constitucionales 105 fracción I inciso i) y el 116, no era posible la ampliación del cargo a Gobernador del Estado de Baja California, cuando éste fue votado por el pueblo únicamente para el período de dos años y nunca por cinco, como protestó.

Entre los antecedentes del caso, señala Tejeda Ortega que en el año 2018  se reformó la Constitución del Estado de Baja California, y en un artículo segundo transitorio se fijó como plazo de duración para el cargo de Gobernador, únicamente por un período de dos años, los cuales finalizarán en 2021;  posteriormente el Congreso de dicho estado, estando ya en campaña el actual Gobernador de Baja California, reformó su Constitución y amplió el período de Gobernador hasta por cinco años, para terminar su período en el año  2024, al igual que el actual Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador.

Comenta el constitucionalista que esta conducta del Congreso fue violatoria del artículo 105, fracción I, inciso i) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que expresa: “Las leyes electorales, federal y locales, deberán promulgarse y publicarse por lo menos noventa días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse, y durante el mismo no podrá haber modificaciones legales fundamentales”.

Este artículo fue violentado por la legislatura del estado mexicano norteño, y es más que suficiente para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación declare inconstitucional las reformas comentadas, aseguró.

El apoyo del Gobierno Federal al ejercicio del mandato del gobernante Jaime Bonilla Valdez, quedó expreso cuando la hoy Secretaria de Gobernación Olga Sánchez Cordero, al felicitar a dicho gobernante expresó públicamente que su mandato de cinco años prevalecerá, no obstante que la Ministra en retiro es una gran conocedora del Derecho Constitucional, por lo que surge la duda si el apoyo también se da por parte de López Obrador.

Actualmente son siete las acciones de inconstitucionalidad que se han presentado ante el más alto Tribunal de la Nación, por parte de la Comisión de Derechos Humanos y minorías de diputados y Senadores de la República, para impugnar la reforma constitucional que afecta gravemente a la democracia mexicana.

El peligro de la prevalencia de estas reformas es que ahora los Congresos de los Estados podrán ampliar o reducir a su antojo los períodos del ejercicio del poder de los gobernantes, dándose por supuesto la reelección que se encuentra prohibida en la Constitución para el Presidente de la República y los Gobernadores, por lo que se espera que la Suprema Corte actúe en su papel de control constitucional y declare inconstitucionales dichas reformas en Baja California.

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