Miércoles, 17 Mayo 2017 06:10

ISSSTEP logra exitoso trasplante

Tras ser diagnosticado con insuficiencia renal a los 15 años, paciente recibe trasplante de riñón

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla (ISSSTEP), encabezado por Eugenio Mora Salgado, informó que fue dado de alta en buen estado de salud un derechohabiente trasplantado por especialistas del instituto, tras ser diagnosticado con insuficiencia renal.

El trasplante fue posible el pasado 28 de abril, gracias a una donación cadavérica altruista, realizada al Hospital de Especialidades 5 de mayo, en beneficio de Rogelio Arenas Saldaña, de 21 años.

El trasplantólogo Amaury Trejo Rivas indicó que el procedimiento médico fue efectuado sin que se presentaran inconvenientes.

Por su parte, la nefróloga Juana Morales Monterrosas, responsable del seguimiento post-operatorio, informó que el paciente permaneció en observación durante 19 días, periodo en el que el injerto mostró una adaptación favorable, por lo que se determinó darlo de alta.

Previo a su salida del nosocomio, Rogelio Arenas, paciente trasplantado, comentó que a pesar de haber aprendido a convivir con su enfermedad desde los 15 años, bajo cuidados especiales, dieta y tratamiento a base de diálisis, el trasplante representa una nueva oportunidad de tener mejor calidad de vida.

“Aprendí a vivir con la enfermedad y nunca me di por vencido. Ahora podré regresar a la escuela y al trabajo”, precisó.

Tras siete años en espera de un riñón compatible, Rogelio agradeció la solidaridad y altruismo de quienes deciden donar órganos.

Cabe señalar que el paciente continuará asistiendo a consultas médicas para dar seguimiento y garantizar una satisfactoria evolución.

El ISSSTEP promueve una cultura de donación altruista que permita devolver la calidad y esperanza de vida de los pacientes, para que Puebla siga siendo un estado en el que impere la salud de los ciudadanos.

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El presente boletín es de carácter informativo, por lo que se solicita que su difusión se realice en estricto apego a lo establecido por los artículos 6 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relacionado con los artículos 209 párrafo 1; 449 párrafo 1, incisos b), c) y d); y 452 inciso d) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, por lo anterior la referida difusión deberá realizarse exclusivamente dentro del ámbito geográfico del Estado de Puebla, esto derivado de los procesos electorales que se llevan a cabo en los Estados de México y Veracruz, respectivamente.

Publicado en SALUD

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