La Extinción de Dominio combatirá a la delincuencia y corrupción

Viernes, 22 Marzo 2019 15:48 Escrito por Jerónimo Morales Hernández

Esta figura ya fue elevada a rango constitucional por el Congreso de la Unión
 
Puebla, Pue.- El Congreso de la Unión, tanto en su Cámara de Diputados como en la de Senadores, aprobó el decreto por el que se reforman los artículos 22, segundo párrafo, y 73, fracción XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el fin de reconocer constitucionalmente la figura de Extinción de Dominio de aquellos bienes que puedan pertenecer a la delincuencia organizada o  a quienes hayan participado en actos de corrupción.

Actualmente el artículo 22 Constitucional, con su reforma establece: “La acción de extinción de dominio se ejercerá por el Ministerio Público a través de un procedimiento jurisdiccional de materia civil y autónomo del penal. Las autoridades competentes de los distintos órdenes de gobierno le prestarán auxilio en el cumplimiento de esta función. La Ley establecerá los mecanismos para que las autoridades administren los bienes sujetos a proceso de extinción de dominio, incluidos sus productos, rendimientos, frutos y accesorios, para que la autoridad lleve a cabo su disposición, uso, usufructo, enajenación y monetización, atendiendo al interés público, y defina con criterios de oportunidad el destino y, en su caso, la destrucción de los mismos”.

Lo anterior lo informó en entrevista el Constitucionalista poblano Miguel Ángel Tejeda Ortega, quien además señaló que dicha medida de extinción será procedente sobre bienes de carácter patrimonial, cuya legítima procedencia no pueda acreditarse y se encuentren relacionados con las investigaciones derivadas de hechos de corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, delincuencia organizada, robo de vehículos, recursos de procedencia ilícita, delitos contra la salud, secuestro, extorsión, trata de personas y delitos en materia de hidrocarburos petrolíferos y petroquímicos”.

Tejeda Ortega comentó que el peligro de esta medida ya de carácter constitucional, es en el sentido de que se podrán privar de bienes tanto muebles como inmuebles, aquellas personas que todavía gozan del principio de presunción de inocencia y que no han sido condenadas por los delitos que se les imputan.

El Congreso de la Unión se dio el plazo de 180 días, a partir de la vigencia de las reformas constitucionales, para expedir la legislación nacional única en materia de extinción de dominio.

Los Legisladores afines a Morena consideran que estas medidas beneficiarán ampliamente al combate a la delincuencia organizada, incluyéndose el robo de hidrocarburos, como sucede gravemente en los estados de Guanajuato, Puebla e Hidalgo.

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