Anticonstitucional la renuncia del ministro Eduardo Medina Mora

Lunes, 14 Octubre 2019 07:11 Escrito por Jerónimo Morales Hernández

El procedimiento para aceptarla no especifica las causas graves de ésta

Puebla, Pue.- La renuncia de Eduardo Medina Mora y el trámite que dieron el Presidente de la República, el Senado y la Suprema Corte, como  procedimientos, son violatorios del artículo 98 párrafo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;  en consecuencia, devienen anticonstitucionales.

El Artículo 98 párrafo tercero, dice el Constitucionalista Miguel  Ángel Tejeda Ortega, señala: “Las renuncias de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia solamente procederán por causas graves; serán sometidas al Ejecutivo federal y, si éste las acepta, las enviará para su aprobación al Senado”.

Añade Tejeda Ortega que en el procedimiento que se prevé para aceptar  la  renuncia de un Ministro de la Corte, se deben dar “las causas graves”, lo que no se señaló en el escrito que dirigió el entonces Ministro Medina Mora al Presidente de la República, para que éste a su vez las hubiere calificado si eran graves o no y finalmente enviar la aceptación de la renuncia  al Senado para su aprobación.

Las causas graves no las dieron a conocer ni el titular del Poder Ejecutivo federal, ni mucho menos el Senado de la República; no obstante, aprobaron la renuncia presentada.

En medios de comunicación como en  Foro TV y con el comentarista Leo Zuckermann, especulan especialistas que hubo un pacto entre el gobierno de López Obrador, el Senado de la República y el propio Ministro Medina Mora, para no dar a conocer las causas graves; no obstante que el titular de la Unidad de Inteligencia Financiera diera a conocer las investigaciones que se están llevando a cabo, ahora en contra del ex Ministro Medina Mora, por lavado de dinero y por haber aprovechado su puesto para favorecer a ciertos personajes de interés nacional, en tratándose de la incautación de cuentas bancarias por parte de la Comisión Nacional Bancaria.

Ahora se presenta la problemática de quién va a sustituir al ex Ministro Medina Mora y si no debe ser una persona sumisa al titular del Poder Ejecutivo o al Partido Morena, lo que perjudicaría gravemente la impartición de la justicia en México y la autonomía de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Finalmente, el jurista Tejeda Ortega comentó que el procedimiento para la designación de un nuevo ministro se encuentra prevista en el artículo 96 de la Carta Magna; pero que dicho procedimiento no establece reglas claras para que el Senado califique y, en su caso, apruebe a los aspirantes a ser futuros ministros de la Corte.

Se  maneja ya el nombre nuevamente de una mujer,  por tercera ocasión, Loreta Ortiz, quien ha demostrado su cercanía con el Movimiento Morena.

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