Inconstitucional y confusa la nueva Ley de Seguridad Interior

Miércoles, 20 Diciembre 2017 09:49 Escrito por Jerónimo Morales Hernández

Viola el Derecho a la Información y 3 Artículos más de la Carta Magna

Puebla, Pue.- Inconstitucional y confusa es considerada la nueva Ley de Seguridad Interior, que viola el Derecho a la Información y 3 Artículos más de la Carta Magna.

Organismos internacionales como la ONU a través de su Alto Comisionado en México, los relatores de la OEA que estuvieron en este país la semana pasada, y el Parlamento Europeo, pidieron al Senado de la República que cancelara esta ley por su marcada inconstitucionalidad que va a ser violatoria  de los derechos humanos de mexicanos.

Al informar lo anterior el constitucionalista poblano Miguel Ángel Tejeda Ortega, dijo que diversos organismos civiles mexicanos aseguran que son ya más de 10 mil denuncias que se han presentado contra el Ejército Mexicano por violación de derechos humanos, de las cuales no se ha resuelto la mayoría.

Han expuesto que en los últimos 11 años ha habido más de 250 mil fallecidos en guerra contra el narcotráfico, de los cuales se desconoce quiénes son los responsables, y desapariciones forzosas que se han presentado a la CNDH, algunas de las cuales se atribuyen al Ejército.

Entre las impugnaciones presentadas también al Senado por organismos y partidos de izquierda como el PRD, Movimiento Ciudadano y otros, mencionan que en primer lugar la ley no distingue lo que es seguridad pública de seguridad nacional y seguridad interior, ni da definición de lo que es esta última.

En segundo lugar no menciona en qué casos el titular del Poder Ejecutivo  va a intervenir  haciendo la declaratoria de Seguridad Interior; ni señala  en qué casos, en específico, va a intervenir el Presidente como Comandante de las Fuerzas Armadas Mexicanas. Todo esto es una gran laguna.

Tejeda Ortega aclaró que entre algunos aspectos benéficos de la nueva ley, se puede señalar que el Ejército no va a intervenir en manifestaciones e inconformidades de particulares para disolverlas. Por lo demás  dicha ley contiene muchos vicios de inconstitucionalidad, como lo ha confirmado la ex ministro de la SCJN, Olga Cordero Sánchez.

El constitucionalista poblano detalló que esta ley de Seguridad Interior viola los Artículos 6º, el 21, el 73 en su Fracción 29, y el 129 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Viola el 6º al señalar  que toda la información que recabe el Ejército en ejercicio de sus funciones y en cumplimiento de esta ley, será de clasificación reservada y secreta. No se dará a conocer a los particulares.  Esto se peleó mucho en el Senado por la oposición.

El Artículo 21 constitucional dice que las instituciones de seguridad pública serán de carácter civil; por tanto prohíbe que sean la Marina y el Ejército o la Fuerza Aérea los que proporcionen la seguridad pública en el país.

El 73, en su  fracción 29 dice  que son facultades del Congreso de la Unión expedir leyes en materia de seguridad nacional, pero nunca habla de seguridad interior.

Y el 129 asienta que en tiempo de paz ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión  con la disciplina militar; solamente habrá comandancias militares fijas y permanentes  en los castillos, fortalezas y almacenes que dependan inmediatamente del Gobierno o en los campamentos, cuarteles o depósitos  que fuera de las poblaciones estableciere para la estación de las tropas.

Y  el Art- 121   no permite además que el Ejército esté en las calles resguardando la seguridad nacional.

El hecho de que la nueva ley no distinga lo que es la seguridad  interior de la seguridad nacional y la seguridad pública, que son tres conceptos diversos, da lugar a ser  muy confusa,  reiteró  Tejeda Ortega.

 Por todo lo anterior muchos senadores señalaron que esta ley ya convierte al Estado Mexicano  en autoritario y militar, como pasa en Venezuela,  en Cuba. Entonces el Ejército va a estar por encima de los Tres Poderes de la Unión y por encima de las policías federales, locales y municipales.

Fueron  129 senadores los que pasaron a tribuna, unos defendiendo la propuesta de reforma.  En total 76 priistas, del Verde ecologista y algunos del PAN votaron a favor de la propuesta de reforma, 44  en contra y 3 abstenciones.

Ahora  senadores y diputados de la oposición van a presentar, en un plazo de 30 dias,  las acciones de inconstitucionalidad en contra de la ley. Se requiere para esto el 33 % de los diputados del Congreso de la Unión y el 33% de los senadores; también puede hacerlo la CNDH, comentó Tejeda Ortega

Esto va a llegar a la SCJN en próximos meses  y será la autoridad que decida  si esta ley es inconstitucional  o constitucional.

Las controversias las pueden presentar los estados y municipios que estén en contra de la ley. Mientras que las acciones de inconstitucionalidad  sólo las pueden presentar  diputados y  senadores en 33%,  y la CNDH.

Valora este artículo

Deja un comentario

Asegúrese de introducir toda la información requerida, indicada por un asterisco (*). No se permite código HTML.

Consola de depuración de Joomla!

Sesión

Información del perfil

Uso de la memoria

Consultas de la base de datos