Secuestros, violación, delincuencia organizada y más, no tendrán derecho a fianza

Puebla, Pue.- En sesión del Pleno de la Cámara de Senadores  se aprobó por mayoría de votos minuta de decreto que amplía el catálogo de delitos graves que establece el artículo 19 Constitucional, de tal manera que dichos delitos serán sujetos a prisión preventiva oficiosa, los imputados no tendrán derecho a fianza y se someterán a proceso dentro de las prisiones o cárceles mexicanas.

Originalmente el párrafo segundo del artículo 19 Constitucional establece: “El Juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente, en los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos por medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud”.

Con la aprobación de esta minuta se consideran como delitos graves y sujetos a prisión preventiva oficiosa, además de los  antes señalados: El robo de hidrocarburos ( huachicoleo), la corrupción, abuso sexual, desaparición forzada de personas, el uso de armas de fuego y explosivos, independientemente del delito que se cometa con ellos.

Este catálogo de delitos graves está conforme a las propuestas del Presidente constitucional López Obrador, y algunos de estos delitos, consideran   especialistas,  aumentarán el ingreso de personas a las cárceles mexicanas, lo que va a dar lugar a una sobrepoblación de las mismas.

Otros expertos penalistas determinan que era necesario el catálogo de tales delitos graves, por la gran violencia e inseguridad que se vive en nuestro país, independientemente de que sea necesario crear nuevas prisiones en México; entre estas personas se puede citar al actual ex Gobernador de Puebla Antonio Gali, quien así lo manifestó en una entrevista al noticiero de Ciro Gómez Leyva.

El Constitucionalista poblano Miguel Ángel Tejeda Ortega indicó que en el caso del robo de hidrocarburos es fundamental esta medida por la gran violencia que se está viviendo. El uso de armas de fuego y explosivos es discutible, pues existen personas que adquieren armas para su seguridad personal.

Comentó que por lo que se refiere al delito de corrupción, no se encuentra debidamente tipificado por las leyes de la materia, ni se da un concepto o definición de lo que se puede entender por corrupción, pues no se puede aplicar una prisión preventiva oficiosa a un Policía de Tránsito o Vialidad  que reciba una “mordida” de $ 50.00, a aquel alto funcionario que obtiene ingresos millonarios por el mal ejercicio de sus funciones. “Por lo tanto el delito de corrupción como tal, debe ser analizado debidamente por los expertos penalistas para su tipificación y configuración penal”.

Esta minuta fue turnada, en días pasados, a la Cámara de Diputados para su estudio, aclaró.

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También los delitos electorales; 4ª. transformación de la República

Puebla, Pue.- Delitos graves serán considerados a partir del próximo  uno de diciembre, la corrupción, el robo de hidrocarburos y los delitos electorales, anunció el Presidente electo Andrés Manuel López Obrador,  al declarar que presentará al Congreso de la Unión  dos bloques de reformas a  leyes federales, para  llevar a cabo la cuarta transformación  de la República Mexicana.
 
Ante representantes de medios de comunicación nacionales y extranjeros,  el próximo Presidente de México detalló que dentro del primer bloque de reformas se apunta además la expedición  de la Ley Reglamentaria  del Artículo 127 Constitucional, para regular los altos salarios de funcionarios del gobierno federal.

También  habrá reformas  al Artículo 108 Constitucional, para que se pueda sancionar  al Presidente de la  República que cometa actos de corrupción.

Sobre estos anuncios oficiales el constitucionalista y notario público Miguel Ángel Tejeda Ortega  señaló en entrevista  que, en el  caso de los delitos de corrupción, AMLO no especificó a quien se sancionará más, si al funcionario público que cometa la corrupción, o al particular que la provoque y sea copartícipe del mismo delito.
 
Y falta igualmente  aclarar si los integrantes  del Poder Judicial de la Federación, como son los ministros  de la Suprema Corte de Justicia, magistrados y jueces de  distrito, también  estarán sujetos  a la reducción de sus salarios.

López Obrador, Presidente electo, adelantó que, en el segundo bloque de reformas, que denomina de Bienestar Social, se expedirán leyes que regulen la pensión de los adultos mayores, sin distinción alguna:  discapacitados, jóvenes sin ingresos ni educación escolarizada, serán apoyados con becas. El aumento  de las pensiones  será al doble  del que actualmente reciben   los adultos mayores.

AMLO  al mismo tiempo reconoció el esfuerzo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para limitar su presupuesto en Cinco Mil Millones de Pesos  para el ejercicio 2019, sin especificar si los  Ministros de  la Corte se   vayan a reducir sus altos   salarios, considerando que el Poder Judicial es Autónomo.

El maestro en Derecho Agustín Ortiz Pinchetti,  dijo finalmente Tejeda Ortega, en una entrevista que sostuvo con la periodista Carmen Aristegui, señaló que la intención del Presidente   electo   es    no   llevar   a   cabo   grandes   reformas  constitucionales, sino después de tres años de completado su ejercicio gubernamental..

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Será medida más fuerte contra delincuentes: constitucionalista Tejeda Ortega

Puebla, Pue.- Revivir la pena de muerte para quienes cometen delitos graves y trascendentales en México, será la sanción y medida más fuertes para abatir el creciente índice de violencia.

Basado en el espíritu de la Constitución original de 1917, el maestro constitucionalista Miguel Ángel Tejeda Ortega propone lo anterior, tras comentar que ni los Sistemas de Reinserción Social en Materia Penal, ni el de Juicios Orales Acusatorios disminuyen en Puebla y en el país los índices de delincuencia.

La Constitución original de 1917 estableció en su Artículo 22: “Queda también prohibida la pena de muerte por delitos políticos, y en cuanto a los demás, sólo podrá imponerse al traidor a la Patria en guerra extranjera, al parricida, al homicida con alevosía, premeditación y ventaja, al incendiario, al plagiario, al salteador de caminos y a los reos de delitos graves del orden militar”.
  
Aclaró el maestro constitucionalista que en el año 2005, bajo la legislatura del Presidente Vicente Fox, quedó abolida la pena de muerte, con la reforma al Artículo 22 que establece: “Quedan prohibidas las penas de muerte, de mutilación, de infamia, la marca, los azotes, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales. Toda pena deberá ser proporcional al delito que sancione y al bien jurídico afectado”.

Tejeda Ortega agregó que al prohibirse la pena de muerte surgió el Sistema  de Reinserción Social en materia penal, para que las personas que cometen un delito grave sean privadas de su libertad y en los centros penitenciarios o reclusorios se les prepare para volver a reincorporarse a la sociedad.

Mas en la actualidad, por lo que ocurre en la sociedad mexicana, en los centros penitenciarios no hay Reinserción Social, afirma Tejeda Ortega. Y en delitos graves como el cometido contra la estudiante Mara que se le privó de su libertad, se le violó, se le golpeó, la persona que cometió esos delitos en otros países estaría condenado a la pena de muerte.

En Estados Unidos de Norteamérica, expuso, hay 31 estados cuyas autoridades como las de Texas reconocen la pena de muerte y aplican sanciones fuertes a reos que cometen delitos como el que sufrió Mara.

En Europa algunos países han tratado de abolir la pena de muerte. Pero en otros como China y Japón también reconocen la pena de muerte por delitos graves y trascendentales.

El criterio del maestro constitucionalista Tejeda Ortega, resaltó, es que la violencia va acrecentándose en México, por lo mismo se requieren medidas más fuertes contra los delincuentes. El Sistema de Juicios Orales Acusatorios no está apoyando a que exista mayor tranquilidad en la sociedad: por el contrario, va dejando en libertad a delincuentes.

Las policías ministeriales no están cumpliendo su cometido. No están investigando. El caso de Mara, si se llevó a cabo la investigación, fue porque hubo presiones a nivel nacional e internacional. Por eso se logró la detención del presunto criminal, pero hay en Puebla 80 casos de feminicidios y la mayoría no están resueltos.

De hace seis años a la fecha se habla de que hay en Puebla más de 200 feminicidios y no se sabe quiénes son los responsables.

Considero, finalizó, que compete al Congreso de la Unión nuevamente retomar el espíritu de la Constitución del 17, y aplicar la pena de muerte en la comisión de delitos graves y trascendentales.

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