Amplían senadores catálogo de delitos graves con prisión preventiva

Martes, 18 Diciembre 2018 00:13 Escrito por Jerónimo Morales Hernández

Secuestros, violación, delincuencia organizada y más, no tendrán derecho a fianza

Puebla, Pue.- En sesión del Pleno de la Cámara de Senadores  se aprobó por mayoría de votos minuta de decreto que amplía el catálogo de delitos graves que establece el artículo 19 Constitucional, de tal manera que dichos delitos serán sujetos a prisión preventiva oficiosa, los imputados no tendrán derecho a fianza y se someterán a proceso dentro de las prisiones o cárceles mexicanas.

Originalmente el párrafo segundo del artículo 19 Constitucional establece: “El Juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente, en los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos por medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud”.

Con la aprobación de esta minuta se consideran como delitos graves y sujetos a prisión preventiva oficiosa, además de los  antes señalados: El robo de hidrocarburos ( huachicoleo), la corrupción, abuso sexual, desaparición forzada de personas, el uso de armas de fuego y explosivos, independientemente del delito que se cometa con ellos.

Este catálogo de delitos graves está conforme a las propuestas del Presidente constitucional López Obrador, y algunos de estos delitos, consideran   especialistas,  aumentarán el ingreso de personas a las cárceles mexicanas, lo que va a dar lugar a una sobrepoblación de las mismas.

Otros expertos penalistas determinan que era necesario el catálogo de tales delitos graves, por la gran violencia e inseguridad que se vive en nuestro país, independientemente de que sea necesario crear nuevas prisiones en México; entre estas personas se puede citar al actual ex Gobernador de Puebla Antonio Gali, quien así lo manifestó en una entrevista al noticiero de Ciro Gómez Leyva.

El Constitucionalista poblano Miguel Ángel Tejeda Ortega indicó que en el caso del robo de hidrocarburos es fundamental esta medida por la gran violencia que se está viviendo. El uso de armas de fuego y explosivos es discutible, pues existen personas que adquieren armas para su seguridad personal.

Comentó que por lo que se refiere al delito de corrupción, no se encuentra debidamente tipificado por las leyes de la materia, ni se da un concepto o definición de lo que se puede entender por corrupción, pues no se puede aplicar una prisión preventiva oficiosa a un Policía de Tránsito o Vialidad  que reciba una “mordida” de $ 50.00, a aquel alto funcionario que obtiene ingresos millonarios por el mal ejercicio de sus funciones. “Por lo tanto el delito de corrupción como tal, debe ser analizado debidamente por los expertos penalistas para su tipificación y configuración penal”.

Esta minuta fue turnada, en días pasados, a la Cámara de Diputados para su estudio, aclaró.

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