Declara SCJN inconstitucionales artículos de la Ley de Protección a Personas en Riesgo.

Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al declarar la inconstitucionalidad de artículos de la Ley para la Protección de Personas en Riesgo del Estado de Puebla, confirman que el Congreso poblano  invadió la soberanía del Congreso de la Unión.

El Pleno de la Corte aprobó por mayoría de votos que son inconstitucionales los Artículos del 27 al 31 de la Ley para Protección de Personas en Riesgo del Estado de Puebla, con los que legisladores poblanos en el año 2014 quisieron legislar atribuyéndose facultades que sólo corresponden a legisladores federales.

El constitucionalista poblano Miguel Ángel Tejeda Ortega dio a conocer esta declaración de ministros de la Suprema Corte, en su asamblea plenaria de ayer jueves.

Detalló que los diputados poblanos quisieron legislar estableciendo en los artículos de la citada ley, un recurso de revisión para que las partes se pudieran inconformar con medidas que pueda dictar un juez de control en procesos penales.

Los ministros de la SCJN consideraron que para legislar en materia de procedimiento penal, tiene facultades únicamente el Congreso de la Unión.

Por tanto, refirió el constitucionalista Tejeda Ortega, al aprobar los diputados locales medidas que pueda dictar un juez de control en materia penal, invadieron la Soberanía del Congreso de la Unión.

Agregó que la Procuraduría General de la República desde el mismo año de 2014 presentó esta acción de inconstitucionalidad, que apenas ayer fue resuelta por la Suprema Corte.  Lo que además representa el gran atraso que hay en la impartición de justicia en el país.


Publicado en NACIONAL

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