No puedo declarar inconstitucional la Ley de Remuneraciones

Puebla, Pue.- En tres sesiones del Pleno, la Suprema Corte de Justicia de la Nación –SCJN- empezó a analizar las dos acciones de inconstitucionalidad que promovieron la Comisión Nacional de Derechos Humanos y una minoría de la Cámara de Senadores (33%), con las que se impugna de inconstitucional la Ley General de Remuneraciones de los Servidores del Estado, que fue aprobada en forma definitiva por la Cámara de Diputados en el mes de noviembre del año recién concluido.

La ley combatida, según las acciones de inconstitucionalidad, plantean la violación de los artículos 75 y 127 de la Carta Magna, y primordialmente establece dicha ley salarios máximos a los servidores públicos que no podrán exceder del salario que gana el Presidente Andrés Manuel López Obrador, de ciento ocho mil pesos mensuales, expuso el Constitucionalista poblano Miguel Ángel Tejeda Ortega.

Agregó  que en un principio la Suprema Corte se declaró competente para conocer dichas acciones y no tener algún impedimento de los ministros que la integran, a pesar de que les afecta dicha ley en sus futuras remuneraciones por parte del Estado, ya que por supuesto ganan más que el Presidente de la República.

Uno de los aspectos principales que se hizo valer en las acciones de inconstitucionalidad, consistió en que hubo una grave violación al proceso legislativo en la aprobación de dicha ley; surgiendo un gran debate entre los ministros, quienes están de acuerdo con la existencia de la grave violación y quienes no consideraron que existe como tal.

El jurista Tejeda Ortega determinó que la violación al proceso legislativo consistió en que una minuta aprobada por el Senado de dicha Ley en el año dos mil once, fue pasada a votación al Pleno de la Cámara de Diputados después de siete años, sin que se hayan dado prórrogas concretas y definidas de la minuta de ley.

Los ministros que estuvieron a favor de que se declarara inconstitucional la ley, por existir violaciones graves al procedimiento, fueron Alfredo Gurtiérrez Ortiz Mena, José Fernando Franco González Salas, Luís María Aguilar Morales, Jorge María Pardo Rebolledo, Eduardo Tomás Medina Mora y Alberto Pérez Dayán, quien es ponente del proyecto de sentencia.

Por el contrario los ministros que no estuvieron conformes de que existen vicios graves para declarar la inconstitucionalidad de esta ley, fueron: Norma Lucía Piña Hernández, Javier Laynez Potisek, el Presidente de la Corte Arturo Zaldívar Lelo de la Rea, así como los dos  morenistas Yasmín Esquivel Mossa y Juan Luis González Alcántara Carrancá.

En consecuencia, el voto de seis ministros no fue suficiente para declarar inconstitucional totalmente la Ley de Remuneraciones, y así se demostró que la Suprema Corte empieza a ceder en las pretensiones del titular del Poder Ejecutivo, también del Legislativo morenista.

Tejeda Ortega señaló que en próximos períodos del Pleno se analizarán alguno de los artículos de la ley que no fueron sobreseídos, independientemente de que existe una nueva impugnación en contra de las reformas a la Ley de Remuneraciones que se llevó a cabo en el mes de abril del año dos mil diecinueve, y que presentará su proyecto o ponencia la actual ministra (morenista) Yasmín Esquivel.

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Jueces y magistrados se amparan contra la Ley de Remuneraciones

Puebla, Pue.- Un divorcio entre el Poder Judicial federal y el Poder que preside Andrés Manuel López Obrador, representa el cúmulo de amparos que interponen principalmente jueces y magistrados, contra la Ley que consideran afecta  su estabilidad familiar y la autonomía del mismo Poder Judicial constitucional.

 En el transcurso de la presente semana se han presentado más de cuatrocientos amparos colectivos, que representan a miles de funcionarios del Poder Judicial de la Federación, -jueces y magistrados, entre otros- que  solicitan la protección de la justicia federal, por considerar que la Ley de Remuneraciones de Servidores Públicos y  Reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, los afecta en su economía particular, en su estabilidad familiar y, sobre todo, en la autonomía de que goza el Poder Judicial federal, como un medio  de control constitucional que protege los derechos humanos de los gobernados.

 El Constitucionalista poblano Miguel Ángel Tejeda Ortega al ser entrevistado  en relación a esos cientos de amparos  presentados, comentó que esto representa un divorcio entre el Poder Judicial de la Federación y el Gobierno del Presidente constitucional Andrés Manuel López Obrador, en virtud de que no se quieren someter a la política pública de egresos que en próximos días fijará el Congreso de la Unión, y entre otras la reducción de sus altos salarios, además de la estabilidad que tienen muchos jueces y magistrados y que se pretende que sean rotados de su jurisdicción cada seis años.

Señaló también  que este divorcio puede ser benéfico para México, porque de tal manera el Poder Judicial de la Federación recobrará su plena autonomía, frente a decisiones y actos de gobernantes que sean arbitrarias y violatorias de derechos humanos.

El jurista agregó que en los Estados Unidos de Norte América, el Poder Judicial Federal es un fuerte contrapeso a las políticas autoritarias del actual Presidente Donald Trump.

El primer amparo que se presentó con contra de dichas políticas de AMLO en México, fue el de una magistrada del Estado de Sinaloa, a quien se le concedió por un juez de Distrito de dicho Estado, la suspensión provisional para el efecto de que no le sea reducido su salario mientras no se falle el fondo del juicio constitucional de amparo.

La mayoría de estos amparos sigue llegando a la Suprema Corte de Justicia de la Nación –SCJN-, para que este máximo Tribunal fije la competencia de aquellos Juzgados de Distrito que conocerán de dichos asuntos.

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Funcionarios del Poder Judicial fuera de la Ley Federal de Remuneraciones 

Puebla, Pue.- Con 433 votos a favor el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la minuta de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, propuesta por el Presidente  electo Andrés Manuel López Obrador; en tanto que la oposición tanto del PAN como del PRI señaló que esta ley tiene muchos vicios y no está acorde a la realidad que se vive en México con sus reformas constitucionales.

Fue la mayoría de legisladores federales que votó a favor de la minuta de ley, misma que la minoría de opositores considera que contiene desigualdad al excluir de este reajuste a funcionarios y empleados del Poder Judicial Federal, por lo cual en algunos aspectos puede ser inclusive anticonstitucional.

Expuso lo anterior el constitucionalista poblano Miguel Ángel Tejeda Ortega, al tiempo de señalar que esta ley es reglamentaria de los artículos 75 y 127 de la Constitución  Política de los Estados Unidos Mexicanos que dicen:

Artículo 75. “La Cámara de Diputados, al aprobar el presupuesto de egresos, no podrá dejar de señalar la retribución que corresponda a un empleo que este establecido por la Ley”.

Artículo 127.- “II.-Ningún servidor público podrá recibir remuneración, en términos de la fracción anterior, por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, mayor a la establecida para el Presidente de la República en el presupuesto correspondiente´´.

En consecuencia, ningún servidor público de carácter federal podrá percibir una remuneración mayor a $108,000.00 Moneda Nacional mensuales, que se ha fijado López Obrador, incluyéndose entre ellos a embajadores y miembros de misiones diplomáticas de México en el extranjero, así como altos funcionarios del Ejército y la Marina Nacional.

Pero se dejan a salvo las remuneraciones de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de miembros del Poder Judicial de la Federación que, según se explicó en el pleno, se encuentran protegidos por el artículo 94 párrafo décimo, de la Carta Magna, que dice: La remuneración que perciban por sus servicios los Ministros de la Suprema Corte, los Magistrados de Circuito, los Jueces de Distrito y los Consejeros de la Judicatura Federal, así como los Magistrados Electorales, no podrá ser disminuida durante su encargo”.

Los Ministros de la SCJN, informó el también notario público Tejeda Ortega, perciben 2 millones 300 mil pesos –moneda nacional- anualmente por concepto de remuneraciones; lo que demuestra la desigualdad que se va a dar entre servidores públicos, ya que se aplicará a funcionarios y empleados sólo de los Poderes Ejecutivo y Legislativo.

Esta minuta de la Ley de Remuneraciones se encontraba congelada en el Senado de la República desde el año 2011, y se le volvió a dar vida jurídica por una decisión del hoy Presidente del Congreso,  Porfirio Muñoz Ledo.

Fueron ahora diputados de la oposición, tanto del PAN como del PRI, quienes insistieron que la ley aprobada tiene muchos vicios, que no está acorde con la realidad que se vive en México con sus reformas constitucionales, y que en algunos aspectos puede ser inclusive anticonstitucional.

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