•    A casi dos décadas de suscitarse, el caso de Paola Guzmán retumba en muchos contextos como un llamado a frenar la revictimización de las mujeres ante casos de violencia sexual.

•    Tres de cada diez estudiantes han sufrido acoso sexual escolar en América Latina.

En 2001, Paola Guzmán Albarracín (14 años) comenzó a enfrentar problemas académicos, por lo que recurrió al vicerrector (60 años) del colegio público al que acudía. Para apoyarla, el directivo le solicitó favores sexuales a cambio; ella accedió. Como producto de este abuso, la joven quedó embarazada y el doctor del plantel le practicó un aborto, también a cambio de relaciones sexuales.

Un año después, Paola ingirió fósforo blanco. Pese a los avisos de sus amigas, las autoridades escolares no hicieron nada para brindarle asistencia médica; falleció el 3 de diciembre. El caso fue abordado de manera interna con incontables prejuicios. Se impuso una denuncia penal contra el vicerrector que no procedió, pues se aludió a que se trataba de un caso de enamoramiento y seducción por parte de Paola.

Hace unos meses, 18 años después del abuso, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) resolvió a favor de la víctima. Se trata del primer caso abordado por dicha instancia en materia de violencia sexual en instituciones educativas, y donde se acentuaron los temas relacionados con salud reproductiva de las niñas y adolescentes.

El caso fue defendido por el Centro de Derechos Reproductivos y el CEPAM Guayaquil, dos instituciones abocadas al litigio en pro de las mujeres de Latinoamérica. La directora del CDR, la Dra. Catalina Martínez Coral, compartió con la IBERO Puebla los pormenores en el kilométrico camino hacia la justicia para Paola y su familia en el marco de las Jornadas Universitarias #Nomás violencias ni discriminación en los entornos educativos.

Casos como este no son aislados. Se trata de un patrón normalizado de violencia sexual y de género que prolifera en toda la región latinoamericana y, de manera particular, en el colegio de Paola. En aquella época, el 32.7% de las mujeres ecuatorianas sufrían violencia sexual; es uno de los países con mayores índices de embarazos adolescentes.

Cuando se llevó el caso a la CIDH no solo se buscaba una indemnización y justicia integral para la víctima y su entorno, sino también visibilizar la problemática para que, a través de un organismo continental, se exijan medidas sustantivas destinadas a la prevención y erradicación de estas violencias. Doña Petita Albarracín, madre de Paola, ha llevado la voz cantante hacia la justicia.

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“Queríamos que se estableciera que los encuentros sexuales entre una niña y una autoridad educativa está caracterizada por una situación desigual de poder, por lo que debe considerarse como violencia sexual”: Dra. Catalina Martínez.
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El caso fue presentado ante la Comisión Internacional en 2006. Dos años más tarde, se emitió un informe de admisibilidad, donde se estableció que los procesos judiciales internos fallaron en su intento de brindar justicia. Entre 2010 y 2015 se sostuvo una negociación de solución amistosa que no tuvo éxito. Por ello, el caso fue llevado directamente a la Corte-IDH en 2019, lo que derivó en una audiencia pública celebrada en enero del año pasado.

La decisión de la Corte, emitida el pasado 24 de junio, reconoció que el Estado de Ecuador es responsable de los hechos debido a que la violencia fue ejercida en un colegio público por un funcionario estatal, además de que no logró proveer justicia a nivel interno.

A finales del año pasado, se realizó el acto público de reconocimiento de responsabilidad. El presidente de Ecuador, Lenin Moreno, brindó el discurso por parte del Estado, donde se pronunció enérgicamente en contra de todo tipo de violencia de este tipo. Además, se decretó que cada 14 de agosto ─día en que Paola fue violentada─ se conmemorará el Día Nacional contra la Violencia Sexual en las Aulas en dicho país.

Martínez Coral refrendó el valor del acompañamiento comunitario a través de las redes de apoyo, el periodismo de investigación, la generación de memoria y la búsqueda incansable de justicia. “La movilización social es de vital importancia. Cuando estábamos en la audiencia, muchas feministas se movilizaron y nos acompañaron, aun bajo la lluvia”, cerró.

La Corte estableció que todos los Estados deben adoptar medidas de prevención en materia de violencia sexual, con lo que se les da contenido a los conceptos de acoso y abuso sexual contra niñas y adolescentes en contextos educativos. Al mismo tiempo, se reivindica el derecho a la educación sexual y reproductiva y se rescata el poder de decisión sobre sus cuerpos.

La sentencia también exhorta a suprimir todos los estereotipos de género, pues son factores claves en la revictimización de las estudiantes. Actualmente, se conversa la implementación de políticas públicas y capacitación de funcionarios públicos para prevenir y erradicar la violencia sexual, así como la recolección y acceso a datos que revelen la magnitud real de este tipo de crímenes.

Publicado en EDUCACIÓN

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