Reinaugura Dinorah López ee Gali albergue para migrantes

Miércoles, 17 Mayo 2017 06:33 Escrito por Redacción
Reinaugura Dinorah López ee Gali albergue para migrantes Fotografía: Sistema Estatal DIF

• Con el apoyo del gobernador Tony Gali y la Presidenta del Patronato del Sistema Estatal DIF se realizó la ampliación y remodelación de la Casa de Atención a Desamparados.

Dinorah López de Gali refrendó su compromiso de apoyar a las organizaciones civiles al reinaugurar la Casa de Atención a Desamparados, en donde se realizaron obras de ampliación y remodelación para atender a más personas en condiciones de vulnerabilidad.

"Como Presidenta del Patronato del Sistema Estatal DIF me llena de satisfacción saber que en Puebla contamos con instituciones y personas comprometidas con el bienestar de las familias", recalcó.

Aseguró que el SEDIF seguirá trabajando de la mano con las asociaciones civiles porque complementan el trabajo a través de diversos servicios integrales que brindan a la población.

Dijo que de esta manera se amplían también los beneficios a favor de las personas que más lo necesitan.

Rossana Rojas Beltrán, presidenta de la Casa de Atención a Desamparados, indicó que con dichas obras de ampliación y remodelación, esta organización creada hace 13 años fortalecerá la atención en beneficio de la población migrante que atraviesa la ciudad y de la propia comunidad.

Agradeció el apoyo del gobernador Tony Gali, de la señora Dinorah López de Gali y de todos los benefactores que ayudaron a concretar esta obra.

En el evento participaron el párroco de la iglesia de Nuestra Señora de los Desamparados, Fernando Mellado Rodríguez e integrantes de la Pastoral Social.

El albergue se ubica en la calle 36 Poniente número 3308, en la colonia Nueva Aurora.

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El presente boletín es de carácter informativo, por lo que se solicita que su difusión se realice en estricto apego a lo establecido por los artículos 6 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relacionado con los artículos 209 párrafo 1; 449 párrafo 1, incisos b), c)  y d); y 452 inciso d) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, por lo anterior la referida difusión deberá realizarse exclusivamente dentro del ámbito geográfico del Estado de Puebla, esto derivado de los procesos electorales que se llevan a cabo en los Estados de México y Veracruz, respectivamente.

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