Lunes, 15 Abril 2019 17:34

Rinde declaración puntual

COLUMNA | MUNDO EMPRESARIAL

Todos los mexicanos estamos obligados a pagar contribuciones, de acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para realizar este cumplimiento se presentan declaraciones mensuales o anuales, dependiendo el tipo de actividad que realiza la persona.

Aproximadamente a 15 dias de concluir con el plazo de presentación de las declaraciones anuales, uno de los temas más importantes es además presentar la información en tiempo y hacerte acreedor a una devolución de impuestos en algunos casos.

Te comparto 6 conceptos importantes para que comprendas un poco más este trámite:

1.    Ingresos acumulables.- son todos aquellos ingresos o utilidad que gana el contribuyente por realizar alguna actividad relacionada con el trabajo, servicio profesional, renta de bienes, adquisición o enajenación y hasta ganar premios.
2.    Deducciones.- Estas pueden ser autorizadas, son aquellas que se utilizan para aplicarse al pago provisional de forma mensual y regularmente son deducciones que están relacionadas con el tipo de ingreso percibido. Otras deducciones son las personales,  aplicables para la declaración anual y como lo hemos tratado en otras emisiones de artículo, son varios los conceptos.
3.    Impuesto a cargo.- Será el resultado de aplicar la tarifa de impuestos a la utilidad del ejercicio, esta tabla puede dar como resultado un impuesto máximo de 35%.
4.    Pagos provisionales.- Son los pagos a cuenta que se hacen de forma mensual en algunos regímenes y que serán utilizados para disminuir el impuestos a cargo.
5.    Retenciones de ISR.- Son retenciones que hacen algunos clientes o instituciones financieras, por mandato de la autoridad y que en la presentación de la declaración anual pueden disminuirse del impuesto a cargo.
6.    ISR a pagar.- Será el ISR final que tiene que pagarse, acreditarse o compensarse para que la autoridad quedé perfectamente satisfecha.

Gracias por tu atención, te recuerdo que todos los miércoles a las 12:00 tenemos nuestro programa de radio Mundo Empresarial por la plataforma de www.estrategiaintelectual.com o te compartimos las ligas para que lo veas en el momento que gustes.

M.C. Carlos Ramírez Sánchez
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Cada día falta menos y el tiempo no perdona, así es que a tan solo unos 20 dias de que concluya la presentación en tiempo de tu declaración del 2018, te comento, las 8 deducciones personales o anuales que puedes aplicar como persona física y así disminuir la base de impuestos:

1.    Honorarios médicos, dentales, hospitalarios, psicológicos y nutricionales.
2.    Gastos funerales.
3.    Donativos.
4.    Intereses por crédito hipotecario.
5.    Aportaciones adicionales por retiro.
6.    Primas por seguros de gastos médicos.
7.    Transportación escolar obligatoria.
8.    Impuesto local por sueldos y salarios.

Cada uno de estos gastos regularmente deben de ser pagados con cheque nominativo, tarjetas de débito o crédito, vía transferencia y en casos excepcionales en efectivo.

Los beneficiarios de gastos como son los del caso 1, 2, 6 y 7 pueden ser directamente para los contribuyentes o su familia, como padres, hijos o esposa.

Si por alguna razón no tuviste gastos en 2018 o los tuviste pero no recabaste la información, comienza en este año para que el próximo puedas tener estos derechos. Si tienes alguna duda específica sobre un gasto, puedes consultarme directamente en los datos que vienen abajo. El beneficio directo es que incluyendo estos gastos, es probable que tengas impuesto a favor, y aquí es cuando el gobierno te regresa dinero por haber pagado en exceso impuestos.

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Estamos a un mes de realizar la presentación en tiempo de la declaración fiscal de Personas Físicas en México, el día de hoy te comento las 6 causas por las cuales las personas a pesar de tener un sueldo, están obligadas a presentar este tipo de declaraciones, los supuestos son:

1.    Obtener ingresos distintos de los sueldos y salarios que perciban, esto es, que además tengan ingresos por actividades empresariales o tal vez renta de inmuebles.
2.    Comunicaste por escrito a tu patrón que presentarás tu declaración anual. Este caso suele pasar cuando identificas que puedes llegar a tener devolución de impuestos.
3.    Dejaste de trabajar antes del 31 de diciembre de 2018. Comúnmente cuando trabajas todo el año con un solo patrón él se hace cargo de estas obligaciones, pero si haces algún cambio antes de la fecha mencionada, la obligación es tuya directamente.
4.    Si tuviste dos trabajos de forma simultánea y ambos patrones te dieron de alta.
5.    Si trabajaste para empresas o patrones extranjeros, los cuales no estaban obligados a cumplir con las obligaciones fiscales en México.
6.    Obtuviste ingresos anuales por sueldos y salarios mayores a $400,000 pesos anuales.


Es importante considerar que, si alguno de estos supuestos lo tuviste en 2018, a más tardar el 30 de abril de 2019 tendrás que presentar la declaración anual informando tus operaciones. En caso de que identifiques algún supuesto y lo hayas tenido en años anteriores, tal vez has omitido la presentación de una declaración anual, recuerda que la autoridad tiene facultades para revisar hasta 5 años atrás.

Gracias por tu atención, te recordamos que el jueves 28 de marzo presentaremos el taller de declaración anual de personas físicas en la ciudad de Puebla. Pide informes si te interesa conocer de este tema.

M.C. Carlos Ramírez Sánchez
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