Autoriza la Suprema Corte liberar cuentas bancarias congeladas

Miércoles, 21 Marzo 2018 00:12 Escrito por Jerónimo Morales Hernández

Inconstitucional Artículo del Código Nacional de Procedimientos Penales

Puebla, Pue.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al declarar inconstitucional el Artículo  242 del Código Nacional de Procedimientos Penales, autorizó  la liberación de cuentas bancarias en Puebla y en el país, aseguradas por estar sus titulares en investigación de carácter penal.

Ocho de los once ministros de la Corte estuvieron de acuerdo, en sesión celebrada el pasado fin  de semana, en autorizar a Ministerios Públicos , a fiscales generales o especiales, a descongelar cuentas bancarias u operaciones financieras, sin necesidad de la autorización de un juez, informó, al ser entrevistado, el constitucionalista poblano Miguel Ángel Tejeda Ortega.

Aclaró que esta aprobación fue unánime de ocho ministros, tras declarar inconstitucional  el Artículo 242 del Código Nacional de Procedimientos Penales que obligaba a autoridades judiciales  a congelar cuentas bancarias cuando los titulares de éstas eran investigados por algún delito penal.

Se aseguraban las cuentas u operaciones financieras para reparar daños que fueran causados por los titulares de las mismas.

Tejeda Ortega añadió que ahora tanto ministerios públicos, como fiscales generales o especiales,  podrán descongelar cuentas retenidas en bancos, sin autorización previa de un juez, como lo  ordenaba anteriormente el citado código.

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