Afectarían la Soberanía mexicana propuestas radicales de candidatos

Miércoles, 13 Junio 2018 20:13 Escrito por Jerónimo Morales Hernández

Pretende uno cambiar el régimen de gobierno y sus estructuras, sin consulta

Puebla, Pue,- Después de analizar los tres debates sostenidos por los candidatos a la Presidencia de la República, se puede llegar a la conclusión que uno de ellos pretende cambiar el régimen de gobierno y sus estructuras, pero sin tomar en cuenta la voluntad del Pueblo mexicano, lo cual afectaría la Soberanía.

Expone el constitucionalista poblano y notario público Miguel Ángel Tejeda Ortega  que el Artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos da las bases para que el Pueblo, en forma democrática, pueda participar en la elección de sus representantes, ya sea votando o electo para un puesto público.

Pero este artículo no da más facultades a los ciudadanos para la toma de decisiones que lleven a cabo sus representantes, lo que provoca que estén sujetos inclusive a decisiones arbitrarias y autoritarias. 

En una democracia directa, como sucede en algunos países europeos, el Pueblo tiene una participación fundamental en la toma de decisiones de sus gobernantes, y de esa manera surgen las figuras: del Plebiscito, del Referéndum, de la Revocación del Mandato de los Gobernantes, de la Iniciativa Popular, de la Consulta Ciudadana, entre otras figuras  de carácter constitucional.

Agregó Tejeda Ortega en entrevista, que en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos solamente están reguladas las figuras de la Consulta Popular que la prevé el artículo 35, fracción VIII y que establece: Son derechos de los ciudadanos.-“Votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional….-Se requiere para ello: Los ciudadanos, en un número equivalente, al menos, al dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores, en los términos que determine la Ley”.

Por otra parte el artículo 71 de la misma Carta Magna reconoce la figura de la Iniciativa Popular  cuando establece: “El derecho de iniciar leyes o decretos compete.- IV.-a los ciudadanos en un número equivalente, por lo menos al 0.13% de la lista nominal de electores, en los términos que señalen las leyes”.

Estas dos figuras de democracia directa en México no han prosperado por los requisitos que se exigen, ya que tomando en cuenta que la lista nominal de electores en México comprende un padrón de más de noventa millones de mexicanos, los porcentajes para pedir una consulta popular o presentar una iniciativa de ley, son casi imposibles de cumplir.

Prevé que en esta elección del año 2018, por supuesto no habrá consultas populares de las cuales  los futuros gobernantes se encuentren vinculados a ellas.

El único caso de una iniciativa popular que ha prosperado en México, es la Ley de responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, en cuanto a sus declaraciones de tres por tres, la cual por supuesto fue modificada por el Congreso de la Unión y no se aprobó en sus términos propuestos por los ciudadanos.

Por todo ello el constitucionalista poblano y notario público concluye que el Pueblo mexicano no puede participar directamente en la toma de decisiones de sus gobernantes, y que los cambios que se proponen por los candidatos y pueden ser radicales,  afectarían la soberanía del Pueblo mexicano.

Por lo tanto,  es fundamental que el día uno de julio próximo los ciudadanos acudan a las urnas y emitan un voto razonado en favor de sus futuros gobernantes, para que los cambios que se den al régimen que actualmente existe, sean en beneficio de los gobernados.

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