No puedo declarar inconstitucional la Ley de Remuneraciones

Puebla, Pue.- En tres sesiones del Pleno, la Suprema Corte de Justicia de la Nación –SCJN- empezó a analizar las dos acciones de inconstitucionalidad que promovieron la Comisión Nacional de Derechos Humanos y una minoría de la Cámara de Senadores (33%), con las que se impugna de inconstitucional la Ley General de Remuneraciones de los Servidores del Estado, que fue aprobada en forma definitiva por la Cámara de Diputados en el mes de noviembre del año recién concluido.

La ley combatida, según las acciones de inconstitucionalidad, plantean la violación de los artículos 75 y 127 de la Carta Magna, y primordialmente establece dicha ley salarios máximos a los servidores públicos que no podrán exceder del salario que gana el Presidente Andrés Manuel López Obrador, de ciento ocho mil pesos mensuales, expuso el Constitucionalista poblano Miguel Ángel Tejeda Ortega.

Agregó  que en un principio la Suprema Corte se declaró competente para conocer dichas acciones y no tener algún impedimento de los ministros que la integran, a pesar de que les afecta dicha ley en sus futuras remuneraciones por parte del Estado, ya que por supuesto ganan más que el Presidente de la República.

Uno de los aspectos principales que se hizo valer en las acciones de inconstitucionalidad, consistió en que hubo una grave violación al proceso legislativo en la aprobación de dicha ley; surgiendo un gran debate entre los ministros, quienes están de acuerdo con la existencia de la grave violación y quienes no consideraron que existe como tal.

El jurista Tejeda Ortega determinó que la violación al proceso legislativo consistió en que una minuta aprobada por el Senado de dicha Ley en el año dos mil once, fue pasada a votación al Pleno de la Cámara de Diputados después de siete años, sin que se hayan dado prórrogas concretas y definidas de la minuta de ley.

Los ministros que estuvieron a favor de que se declarara inconstitucional la ley, por existir violaciones graves al procedimiento, fueron Alfredo Gurtiérrez Ortiz Mena, José Fernando Franco González Salas, Luís María Aguilar Morales, Jorge María Pardo Rebolledo, Eduardo Tomás Medina Mora y Alberto Pérez Dayán, quien es ponente del proyecto de sentencia.

Por el contrario los ministros que no estuvieron conformes de que existen vicios graves para declarar la inconstitucionalidad de esta ley, fueron: Norma Lucía Piña Hernández, Javier Laynez Potisek, el Presidente de la Corte Arturo Zaldívar Lelo de la Rea, así como los dos  morenistas Yasmín Esquivel Mossa y Juan Luis González Alcántara Carrancá.

En consecuencia, el voto de seis ministros no fue suficiente para declarar inconstitucional totalmente la Ley de Remuneraciones, y así se demostró que la Suprema Corte empieza a ceder en las pretensiones del titular del Poder Ejecutivo, también del Legislativo morenista.

Tejeda Ortega señaló que en próximos períodos del Pleno se analizarán alguno de los artículos de la ley que no fueron sobreseídos, independientemente de que existe una nueva impugnación en contra de las reformas a la Ley de Remuneraciones que se llevó a cabo en el mes de abril del año dos mil diecinueve, y que presentará su proyecto o ponencia la actual ministra (morenista) Yasmín Esquivel.

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