Los convierte en más accesibles para todos los ciudadanos

Puebla, Pue.- Al declarar inconstitucionales varios artículos de la Ley del Derecho de Réplica, la Suprema Corte de Justicia de la Nación -SCJN- los convierte en más accesibles para  ls particulares.

El constitucionalista poblano y notario público Miguel Ángel Tejeda Ortega aclaró en entrevista, que tal derecho no es un medio reparatorio de daños y perjuicios, ya que hay otras instancias judiciales para esto. Y expuso con detalles:  

El Pleno de la Corte en seis sesiones ha determinado los lineamientos que deben imperar al hacer valer el Derecho de Réplica por parte de los particulares, frente a los sujetos obligados (medios de comunicación en general, incluyendo los electrónicos).

Confirmó que el Derecho de Réplica es un complemento de ´´la Libertad de Expresión y del Derecho a la Información´´, y no un medio reparatorio de daños y perjuicios, ya que existen otras instancias judiciales para ello, como son el Juicio de Reparación del Daño Moral, que se sigue ante Tribunales del Orden Civil.

Los Ministros de la Corte en una gran mayoría (ocho votos de once)dijo Tejeda Ortega,  estimaron que el derecho de réplica se debe dar cuando existan estos tres supuestos: A) Una información de un medio de comunicación; B) Que ésta sea falsa o inexacta; C) Que se aluda a una o varias personas en lo particular, quienes consideren que dicha información les cause un agravio.

La Corte declaró inconstitucional el Artículo 19 en sus fracciones IV y V, de la Ley Reglamentaria del Artículo 6º. Constitucional, para hacerla más accesible a los particulares.

En la fracción IV, reconoció la negativa de los sujetos obligados a publicar la réplica cuando “Sea ofensiva o contraria a las leyes”,  contraria a la Constitución, pues se reconocen facultades discrecionales a los sujetos obligados para negar injustamente una réplica.

De igual manera la fracción V se declaró inconstitucional, en base a que se otorgan facultades discrecionales a los sujetos obligados para calificar “el interés jurídico”, de un particular para solicitar la réplica, cuando dicha calificación solamente le puede corresponder a un juez o perito en Derecho.

En tanto que las fracciones VII y VIII del Artículo 19 de la comentada ley, los conceptos de anulación que fueron formulados por los partidos políticos en sus acciones de inconstitucionalidad, fueron desestimados por no alcanzar la mayoría de ocho votos calificados de los ministros.

En consecuencia, agregó el constitucionalista poblano,  quedaron válidos los siguientes preceptos del artículo 19 y, por tanto,  los sujetos obligados pueden negar el derecho de réplica:

VII.-Cuando la réplica verse sobre información oficial que, en forma verbal o escrita, emita cualquier servidor público y que haya sido difundida por una agencia de noticias o medios de comunicación”.

VII.-“Cuando la información publicada o transmitida por el medio de comunicación provenga de una agencia de noticias y se haya citado a dicha agencia”.-En estos dos supuestos el agraviado tendrá que acudir y presentar su derecho de réplica ante la fuente original.

Por lo que se refiere al plazo para ejercer el derecho de réplica, de cinco días contados a partir del día siguiente de la publicación, la Corte por el voto calificado de sus Ministros estimó que dicho plazo es inconstitucional, por su brevedad, y lo declaró inconstitucional.

Los Ministros de la Corte estimaron que el procedimiento jurisdiccional que prevé la Ley de la materia es constitucional en cuanto se refiere a que procede el Recurso de Apelación en contra de las Sentencias que pronuncie un Juez Federal,  en el caso de la inconformidad del derecho de réplica y aún más, contra dicha sentencia del juez procede el Juicio de Amparo Indirecto.

Finalmente, refirió Tejeda Ortega,  el Pleno de la Corte dio un plazo al Congreso de la Unión de noventa días, contados a partir de que sea publicada la sentencia de la Corte en el Periódico Oficial de la Federación, para que legislen en cuanto al plazo que se debe  fijar para ejercer el derecho de réplica, que sea razonable y que dé oportunidad al agraviado de aportar sus pruebas conducentes.
       

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Incumplieron, junto con la síndico,  una ejecutoria de amparo

PUEBLA, Pue,. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió retirar de su cargo al alcalde, la síndico y 8 regidores del Ayuntamiento municipal de Tlacotepec de Benito Juárez, por incumplimiento de una ejecutoria de amparo.

El máximo tribunal de justicia tomó esta determinación ayer lunes y fue  dado a conocer aquí este martes, agregando que los integrantes del Ayuntamiento deben ser consignados a un juez de distrito, informó el jurista Miguel Ángel Tejeda Ortega.

La administración municipal  anterior, detalló, expropió en el año 2013 un terreno particular para construir una cancha de futbolito rápido. El propietario se inconformó e interpuso un juicio de amparo, que ganó.

En consecuencia, el juez cuarto de distrito ordenó que se restituyera el inmueble, pero el actual alcalde Pablo Pérez Maceda manifestó que no era posible por haberse construido esa cancha deportiva en beneficio de la comunidad.

El dueño del área expropiada promovió entonces un ´´incidente de reparación sustituta´´ para que se le pagara 975 mil pesos, dio a conocer la SCJN, mas alcalde y regidores se negaron a dar esa cantidad.

Como la Comuna en pleno incumplió la ejecutoria de amparo, el expediente fue remitido a la SCJN donde se analizó esta negativa de  autoridades municipales y la Suprema Corte ordenó la separación de su cargo al alcalde, a la síndico municipal y a los 8 regidores, y que sean consignados a un juez de distrito, como lo decreta el Artículo 107 de la Constitución Mexicana, resaltó Tejeda Ortega.

Es importante, añadió, que la SCJN  asuma su papel  de estricta vigilsnte de la Constitución, pues en los dos primeros días de esta semana destituyó a más autoridades municipales  de los estados y Ciudad de México y Morelos que según el delito que hayan cometido pueden parar en la cárcel.

Autoridades locales señalan que por esta situación descrita, alcalde, síndico y regidores suplentes en Tlacotepec pueden pasar a ser propietarios. Pero hasta el medio día de este miércoles, la síndico aún en funciones, María Ángeles Zárate Montero  informó que al Ayuntamiento de ese municipio no había llegado notificación oficial alguna relativa a la masiva destitución y, por tanto, imperaba ahí la tranquilidad de autoridades municipales.

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Es ambigua y no resuelve a fondo el problema de inseguridad: rector UPAEP

Puebla, Pue.- Por su ambigüedad y falta de ordenamiento congruente, la Ley de Seguridad Interior debe ser ´´echada abajo´´ por los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quienes analizan el documento.

Este planteamiento expuso hoy el rector de la Universidad Popular Autónoma de Puebla –UPAEP- Emilio José Baños Ardavin, en  conferencia de prensa con medios de comunicación, durante tradicional desayuno por año nuevo y partida de rosca.

Entre otros temas sobre los planes de la institución para este 2018, se refirió al problema de la inseguridad en Puebla, y declaró que la nueva ley  no resuelve a fondo el problema,  sino que hace compleja su justificación con los  muchos recovecos que contiene.

Detalló que la ley necesita anotaciones y replanteamientos, en un ordenamiento congruente, para armonizar la actuación de la fuerza pública y de las fuerzas castrenses.

Aun cuando dicha ley ya fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, carece de detalles, pues su naturaleza jurídica requiere  armonizar con las leyes estatales y declararse congruente en sus propios términos, ya que varios de éstos son ambigüos.
 
 Carece también del respaldo del pueblo que, como contrapeso, debería expresarse en los congresos locales. Esto provoca el riesgo de suspender las garantías individuales al no haber  claridad en el compromiso que asuman las fuerzas federales, estatales, municipales y el Ejército.

Dijo además el rector Baños Ardavin que a través del Consorcio Universitario que participa en reuniones para evaluar acciones y resolver el problema de inseguridad, ha propuesto se tomen medidas para velar  también por la integridad de la mujer y detener el alto índice de feminicidios.

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Millonarios presupuestos destinados a particulares y  a "medios  controlados"

Puebla, Pue.- La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al conceder un amparo a la organización civil Artículo 19,  emplazó al Congreso de la Unión a legislar sobre   los gastos de publicidad del gobierno federal y posteriormente de los gobiernos estatales.

Inconforme la citada asociación por no tener información sobre los millonarios presupuestos del gobierno federal entregados a particulares y a medios de comunicación orales, digitales y audiovisuales que omiten criticar a mandatarios que no transparentan inversiones, interpuso el amparo que la semana pasada concedió la Suprema Corte de Justicia.

El constitucionalista poblano Miguel Ángel Tejeda Ortega expuso lo anterior al ser entrevistado. Aseguró que la primera sala de la SCJN falló en el sentido de obligar a senadores y diputados federales a legislar sobre los gastos que para publicidad realiza el gobierno federal, con repercusión posterior para los congresos estatales y autoridades locales.

En anteriores épocas de jurisprudencia se  había omitido esto, porque se señalaba que en tratándose de amparos que se interpusieran contra el Congreso de la Unión, no eran procedentes, tomando en cuenta el principio de relatividad de las sentencias de amparo.

En el año 2014, agregó el constitucionalista Tejeda Ortega, en las reformas  al Artículo 134 se estableció que el Congreso de la Unión tenía la obligación de legislar por lo que se refiere al control de gastos de publicidad del gobierno federal.

La organización Artículo 19 se esperó un tiempo para que el Congreso legislara en este aspecto, ya que es muy importante que los gobernados sepan cómo se regulan los gastos de publicidad que tienen el gobierno federal y los gobiernos estatales y municipales.

Al no haber cumplido este mandato constitucional el Congreso de la Unión, la citada organización interpuso el amparo que el pasado martes  concedió la SCJN, y ahora diputados federales y senadores están emplazados al 30 de abril de 2018 para legislar respecto a los gastos mencionados.

Comentó Tejeda Ortega que especialistas del Financiero Bloomberg han informado que en el gobierno de Felipe Calderón se gastaron más de 7 mil millones de pesos en publicidad del gobierno federal. Y en el gobierno actual se llevan gastados más de 10 mil millones de pesos y no se sabe cómo se han repartido (estos fueron gastos anuales).

Los mismos especialistas señalan que se ha beneficiado con multimillonarios  presupuestos a particulares, y también éro sólo a medios de comunicación que favorecen al gobierno federal no criticándolo.

Ahora Artículo 19 al inconformarse porque no se sabe a quienes benefician y a quienes no con estos gastos de publicidad,  interpuso el amparo para que se ordene al Congreso legisle al respecto.

Esto es histórico, resaltó Tejeda Ortega, porque la SCJN  nunca había ordenado al Congreso ni a las legislaturas de los estados a legislar al respecto, ya que  se consideraba   que al ser entidades soberanas,  no podía intervenir el Poder Judicial frente al Poder Legislativo.

La ponencia descrita la presentó el ministro Arturo Zaldivar Lelo de Larrea, fue aprobada y en consecuencia ahora viene un nuevo criterio que es fundamental para los particulares. Cuando el Congreso, llámense diputados o senadores, o en el caso de las legislaturas de los estados, los congresos locales  sean omisos en legislar cuando lo ordena la propia Constitución, como es el caso;  a través de amparos se podrá obligar al Congreso de la Unión o a los congresos locales que legislen  al respecto.
 
También comentan los especialistas en el sentido de qué va a pasar si al llegar al 30 de abril próximo no cumple el Congreso la sentencia de la SCJN.

Zaldivar adelantó ante medios televisivos que esperan se comporte de buena fe el Congreso de la Unión y que sí legisle; pero en el caso de que no cumpliera, se puede promover el incidente de incumplimiento de ejecutoria de amparo y llegar hasta sus últimas consecuencias que serían cesar, ya sea al presidente de la Cámara de diputados, o al de senadores,  o al presidente de las comisiones legislativas que conozcan de la iniciativa de ley que tienen que presentar ellos mismos.

Así ya están presionados los legisladores para que legislen sobre la materia expuesta.

A futuro, concluyó el constitucionalista Tejeda Ortega, las legislaturas locales, como el caso de Puebla, van a tener que legislar, una vez que salga la ley general,  en materia local. Y en caso de que no lo hagan, también se tendrán que interponer amparos, ya que los particulares tienen  el derecho de saber el destino de esos miles de millones de pesos que se dan en publicidad a particulares. Y que más se beneficia a unos cuantos medios y agrupaciones y a otros no.

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Jueves, 09 Noviembre 2017 17:01

SCJN-guillotina

Columna | Desde el portal

 El exhorto del ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Luis María Aguilar, los funcionarios públicos para que no incurran en desacato a los amparos en materia laboral a empleados del gobierno capitalino, debe extenderse a la generalidad del servicio público para hacer efectivo el derecho de audiencia, pues el incumplimiento de ésta y falta de soluciones a los problemas, es lo que origina los bloqueos de vialidades.

 La indiferencia, desdén u omisión de funcionarios de los tres niveles de Gobierno obliga a miles de ciudadanos a tomar las calles, ocupar oficinas públicas, secuestrar vehículos del transporte público, tomar casetas de cobro y asaltar unidades de transporte de productos perecederos por las carreteras, en exigencia de atención a sus demandas, muchas de las cuales llevan años de gestiones y se van heredando de una administración a otra.

 Esta apatía origina problemas de gobernabilidad, afecta a terceros, disloca las actividades cotidianas en las ciudades, y causa grave daños a la población en general –que es el objetivo- debido a que los encargados de atender esos problemas son remisos, incumplen con su función y ven con indiferencia a los ciudadanos, como si el ocupar un cargo público los elevada a otros niveles, fuera de la realidad.

 Bien por la SCJN en aplicar la Ley y sancionar con severidad a los funcionarios que no acatan la Ley, pero es importante ya, que ante la crispación social que amenaza al país, la Ley sea extensiva y el Poder Judicial cumpla con su función de ser factor de equilibrio entre poderes y someter al servidor público al Estado de Derecho.

TURBULENCIAS

Guerra de las nóminas

 Entre la Plaza de la Danza –donde despacha el edil José Antonio Hernández Fraguas- y Ciudad Administrativa, donde atiende el ex alcalde Javier Villicaña, hay una denominada “guerra de las nóminas” por la filtración de largas listas de parientes, amigos, líderes sociales e incondicionales que cobran en las arcas públicas sin trabajar y que es, en el fondo, la batalla de los bloqueos…El procurador de Justicia de Colima, José Guadalupe Franco Escobar y los apoderados legales de Nacional Monte de Piedad, Fernando Rivera González y Carlos Ponce Carrillo, firmaron un convenio de colaboración para coordinar y aportar la mayor cantidad de datos por parte de los clientes para una mayor seguridad dentro de los empeños que se realicen, así como en carpetas de investigación que solicite la Procuraduría del estado y dar garantías a los usuarios en las operaciones que realicen…Sergio L. Ornelas Ramírez, editor de MexicoNow, organizador de Mexico’s Auto Industry Summit 2017, foro de negocios a realizarse en León, Guanajuato el 6 y 7 de diciembre, informó que la Comisión de la Unión Europea propone que las emisiones de dióxido de carbono de los automóviles se reduzcan en 30% entre el 2021 y el 2030, lo que ha encontrado una fuerte oposición en la poderosa industria alemana, año clave en la lucha contra el cambio climático…De acuerdo a las modificaciones a la Ley de Navegación y Comercio Marítimo, para ser piloto de puerto se deberá contar con título profesional de Piloto Naval y de Capitán de Altura expedido por una escuela náutica acreditada ante la SCyT informó el presidente de la Comisión de Marina de la Cámara de Diputados, Gustavo Cárdenas Gutiérrezz..

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Miércoles, 08 Noviembre 2017 21:41

Voto en papel

Columna | Desde el  Portal

 El Instituto Nacional Electoral (INE) analiza dar mayores facilidades a los aspirantes a la candidatura presidencial independiente entre ellos el de poder obtener voto en papel y ampliar los pazos para reunir los requisitos, informó el consejero presidente Lorenzo Córdoba Vianello, luego de recibir quejas de los contendientes sobre fallas en la aplicación y dificultades de los ciudadanos para acceder a ella.

 Indudablemente que la tecnología constituye una extraordinaria herramienta para la sociedad en su conjunto, sin embargo, habrá que destacar que en un país como el nuestro no lo es en su generalidad si se toma en cuenta que en las mismas ciudades, incluida la capital de la República, miles de niños toman sus clases en condiciones precarias, no por los efectos del sismo, sino porque no hay recursos suficientes para construir aulas dignas.

 Y si eso sucede en la zona urbana, habrá que ver qué ocurre en la zona rural, en la sierra y en el desierto de nuestro país, donde el atraso en todos los rubros es extraordinario y no visto por los consejeros electorales ni los gerentes de los partidos que toman decisiones desde la comodidad de sus oficinas, rodeados de ayudantes y adelantos tecnológicos, sólo esforzándose por solicitar más presupuesto y mayores prerrogativas.

 Pero si se trata de hacer participar a la ciudadanía en decisiones públicas, aunque su voto no sea tomado muy en cuenta, debe considerarse la realidad del país: no toda la población tiene acceso a la tecnología y menos conoce a los aspirantes a una candidatura de partido o independiente, más cuando se sabe que los aspirantes en su conjunto carecen de arraigo popular y sólo son conocidos en los corrillos burocráticos. El INE debe adaptarse a la realidad.

TURBULENCIAS

Mancera, ajeno a remoción

 El jefe de Gobierno de la CDMX, Miguel Ángel Mancera, dijo que es ajeno a la decisión de la SCJN de destituir al delegado en Venustiano Carranza, Israel Moreno Rivera, y al anterior delegado y ahora diputado local Juan Manuel Ballesteros, por desacatado a una orden judicial, y será hasta que sea notificado oficialmente cuando tome las decisiones correspondientes, como dar acompañamiento a la Delegación para que siga su marcha. El asunto laboral por el que fue destituido Moreno se conoció en el gobierno central pero se devolvió a la demarcación por no ser de su competencia, indicó…La diputada Minerva Hernández Ramos, presidenta de la Comisión Bicameral en Materia de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y de los Municipios, dio a conocer la preocupación de los integrantes de la misma porque la Ley en la materia no se implementa adecuadamente y es necesario hacer ajustes para fortalecer sus finanzas, pues “la deuda de las entidades, en algunos casos, “parece que no fue destinada en su totalidad a inversión pública y esto es una situación delicada que ha reiterado la Auditoría Superior de la Federación (ASF)”. ..Luego de dos días de bloqueos, la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios (AMPI) anunció el  “Segundo Foro Inmobiliario. Oaxaca Tierra de Oportunidades ¡El Estado que lo Tiene Todo!”, el 24 de noviembre informó la Directora de Cultura Empresarial Municipal, Mercedes Mayoral Ramos…

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Se violan artículos de la Constitución Política Mexicana: Tejeda O.

Puebla, Pue.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró este jueves inconstitucional el Artículo 29 de la Constitución Política de la Ciudad de México, que reconocía la facultad de que los diputados puedan ser reelectos hasta por un solo periodo.

Los ministros de la Corte, informó el constitucionalista y notario público Miguel Ángel Tejeda Ortega, consideraron que el citado artículo es violatorio de los artículos 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que ésta reconoce, a partir del año pasado, que los diputados y senadores podrán ser reelectos hasta por cuatro periodos más.

El hecho de haberlos limitado a un solo periodo, es inconstitucional, y así fue declarado por nueve de los once ministros de la SCJN, detalló Tejeda Ortega.

El principio de Sufragio efectivo, no reelección, añadió, ha quedado invalidado con estas reformas a la constitución aprobadas el año pasado. Y ahora se ve el primer caso en la Ciudad de México, que permite que los diputados puedan ser reelectos hasta por cuatro periodos consecutivos.

Esto se asemeja al sistema norteamericano, donde hay diputados y senadores que son de por vida, como un hermano del extinto John F. Kennedy, que fue senador hasta que murió.

Comentaristas señalan que si los diputados y senadores mexicanos fueran gente de valía, que de verdad lucharan por la defensa del pueblo y principalmente de sus representados, valdría la pena reelegirlos hasta por cuatro periodos.

Mas los antecedentes negativos que tiene la mayoría de quienes llegan a ocupar curules en las Cámaras de Diputados y Senadores, no merecen ser reelegidos,  pues “estaríamos hablando de diputados hasta por 12 años”, expuso el constitucionalista.

Según el Artículo 59 “Los Senadores podrán ser electos hasta por dos periodos consecutivos y los Diputados al Congreso de la Unión hasta por cuatro periodos consecutivos. La postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato”.

Como se observa, la reelección de senadores tiene como limitante que podrán ser reelectos sólo por dos periodos, es decir, podrán durar en el encargo hasta por 12 años, y en cuanto a los diputados federales se establece que sólo podrán ser electos hasta por cuatro periodos consecutivos.

Comentarios de expertos informan que en comparación con los países de América Latina, respecto a las modalidades de reelección de diputados, sólo Costa Rica no la contempla, y Bolivia, Ecuador y México son los únicos que establecen un límite a la reelección: los demás países determinan la reelección como ilimitada; y respecto a los senadores, sucede lo mismo, sólo Bolivia y México establecen límites respecto a los periodos de reelección.

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Acuerda el Pleno declarar inconstitucionales artículos del Código Civil de Puebla

Al declarar antier la Suprema Corte de Justicia de la Nación que el matrimonio poblano entre hombre y mujer es discriminatorio y desigual, creó 3 clases de familia: la nuclear, la homoparental y la monoparental, determinación que  reprueban la Iglesia católica y otras organizaciones civiles.

En su primera sesión de pleno, del segundo periodo de este año,  los once ministros declararon inconstitucionales los artículos 294 y 300 del Código Civil de Puebla y demás disposiciones que contengan la normativa hombre y mujer, informó el constitucionalista Miguel Ángel Tejeda Ortega.

El año pasado, comentó, el Congreso local reformó el Artículo 300 del Código Civil. Anteriormente se requería como edad mínima para contraer matrimonio los 6 años, y ahora es de 18 años, porque el 300 asienta: “No pueden contraer matrimonio el hombre y la mujer antes de cumplir 18 años de edad”.

En base a esta reforma, la Comisión de Derechos Humanos sostiene que cuando hay alguna reforma sustancial a algún artículo, puede impugnar otros vicios de inconstitucionalidad, y el año pasado presentó una acción de inconstitucionalidad en contra de este precepto y de los que contengan la disposición normativa hombre y mujer, así como el término “la procreación de la especie”.

El Artículo 294, agregó Tejeda Ortega, dice: “El matrimonio es un contrato civil por el cual  un solo hombre y una sola mujer se unen en sociedad para perpetuar la especie y ayudarse en la lucha por la existencia”. Y de igual manera el Art. 300 habla del hombre y la mujer.

Ambos artículos son inconstitucionales para la SCJN porque en primer lugar toman en cuenta diversos criterios de jurisprudencia que desde el año 2000 ya señalaban que en la Ciudad de México el matrimonio entre personas del mismo sexo es constitucional. Y hace un mes, en Chiapas también declararon la inconstitucionalidad del artículo que obligaba al matrimonio solamente entre hombre y mujer, y que uno de los objetivos del matrimonio es la procreación de la especie.

En la Corte el proyecto citado fue presentado por el ministro Eduardo Medina Mora y aprobado por unanimidad de votos de los 11 ministros que consideran que los artículos 294  y 300 declarados inconstitucionales, violentan la autonomía de las personas y el libre desarrollo de los mismos.
 
En otros términos, detalló Tejeda Ortega, que tanto el hombre como la mujer tienen la facultad de poder decidir si contraen matrimonio entre personas de diverso o del mismo sexo. Y que el prohibir u obligar  el Código Civil de Puebla  que el matrimonio sea solamente entre hombre y mujer, es discriminatorio y violenta el principio de igualdad que establece el artículo primero constitucional.

En base a la determinación descrita, la Suprema Corte reconoce ahora que ya no hay una sola familia, sino que surgen la Familia Nuclear, la que se conforma entre un hombre y una mujer.

La Familia Homoparental, que se conforma por la unión de dos hombres o mujeres o dos personas transgéneres. Y la Familia Monoparental, que la conforman como jefe de familia un solo hombre o una sola mujer, esto es, con padre o madre divorciado(a), con hijos por adopción o fertilización asistida, con madre o padre viudo(a) o con padre o madre soltera(o).
 
Ahora la SCJN va a notificar al Congreso del Estado para que  proceda a las reformas del Código Civil de Puebla, y7 reconozca que el matrimonio “es la unión de dos seres humanos o de dos personas que tienen como finalidad muchos propósitos , entre ellos ayudarse en la lucha por la existencia, pero no es fundamental la procreación de la especie”.

Y los legisladores locales van a tener que reformar otros artículos que se refieran a la disposición normativa hombre mujer, para ser derogados en el Código Civil de Puebla.

El constitucionalista añadió finalmente que la Iglesia católica y otras organizaciones de carácter civil y conservadoras, están en contra del criterio de la Suprema Corte, por considerar que es contra natura el reconocimiento de los matrimonios homoparentales, y también que se privilegien otros principios y no la procreación de la especie.

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Integrantes del Colectivo Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Transgenero e Intersexual (LGBTTTI) y de la Asociación para la Protección de la Pluralidad Sexual (APPS), no dar cumplimiento el Congreso local al resolutivo emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en cuanto a la derogación del Artículo 300 del Código Civil del Estado de Puebla, por medio del cual las personas del mismo género pueden contraer matrimonio, interpondrán un recurso con el objetivo de que se destituya a los diputados locales de Puebla.

En el caso tanto Maco Flores como Alejandro Pérez presidentes de las referidas asociaciones luego de referir lo anterior que este recurso lo interpondrán, ya que los diputados están desacatando una orden emitida por la SCJN y pretenden aplazar la reforma al Código Civil para así poder agilizar trámites y legalizar los casamientos entre parejas igualitarias.

Maco Flores además celebro que la SCJN haya declarado la inconstitucionalidad del Artículo 300 por medio del cual se permitían los matrimonios solo entre parejas de mujer y hombre donde el propósito de preservar la especie y con esta reforma si podrán casarse las personas del mismo sexo.

Señalo que una vez que los diputados sean notificados deberán agilizar esta reforma y para ello deben convocar a un periodo extraordinario con el objetivo de realizar los ajustes correspondientes y de este modo validar los matrimonios de personas del mismo sexo y en el caso de no ser así dijo- procederemos con acciones legales para que los diputados sean sancionados e incluso destituidos por desacato.

Por su parte de presidente de APPS Alejandro Pérez dijo en el caso que si bien el fallo de la SCJN da certeza y seguridad además de igualdad durante años el estado afecto la dignidad y los derechos de la Comunidad Lésbico, Gay, Bisexual y Transexual.

Retomando la palabra la presidenta de la comunidad LGBTTTI Maco Flores dijo que una vez definida esta situación sin duda habrá más bodas de personas del mismo sexo, ya que existen un promedio de 50 amparos solicitando  se les autorice  y solo se ha dado respuesta a 8 de estos amparos para que estas parejas igualitarias puedan casarse y una vez  resulta la reforma al artículo 300, dijo sin duda habrá más parejas del mismo sexo que quieran unirse en matrimonio.

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Columna | En Pocas Palabras

Entregar el Infonavit 471 viviendas a trabajadores de Audi

La BUAP, mejor macro universidad del país y 5ª en el país

El matrimonio entre personas del mismo sexo fue avalado en Puebla ayer martes luego de que la Suprema Corte de justicia de la Nación (SCJN), al iniciar el segundo periodo de sesiones, invalidara por unanimidad la parte del artículo 300 del Código Civil estatal, que establecía la unión sólo entre hombre y mujer. La SCJN declaró inconstitucional el Código Civil de Puebla por no reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo, por lo que el Congreso local deberá realizar los ajustes correspondientes. Los ministros también anularon el artículo 294 del mismo ordenamiento, en donde se determina como fin del matrimonio el “perpetuar la especie”, pues consideraron los preceptos como “violatorios de los principios de igualdad y no discriminación”. Lo anterior es emanado de la acción de inconstitucionalidad 29/2016 promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) presentada en abril de 2016. La propuesta fue presentada por el ministro Eduardo Medina Mora quién determinó la invalidez del artículo 300 del Código Civil estatal, que establece que el matrimonio es la unión entre “un hombre y una mujer”; así como el artículo 294 que señala como objetivo del matrimonio “perpetuar la especie”. Los ministros de la SCJN votaron por unanimidad que parejas homosexuales puedan casarse en la entidad sin necesidad de presentar un amparo...

David Penchyna Grub, Director General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), y el gobernador Tony Gali, realizaron una gira a San José Chiapa y Tehuacán; en el primer municipio entregaron 471 viviendas a trabajadores de Audi del desarrollo habitacional de Ciudad Modelo, como parte del programa Familia Infonavit, con una inversión de 243.8 millones de pesos y en el segundo inauguraron el Centro de Servicio Infonavit para esa región, enfocado en mejorar la atención a los derechohabientes con oficinas equipadas con la más alta tecnología y capital humano. En Chiapa, Penchyna Grub señaló que hoy el reto es generar más y mejores créditos, ya que se ha multiplicado su capacidad de 930 mil a 1 millón 700 mil pesos, sin aumentar las tasas de interés, colocándose como la mejor institución financiera, siendo un fondo de inversión que garantiza la calidad de vida con el mejoramiento de los inmuebles. El mandatario poblano resaltó que estos conjuntos habitacionales, de las constructoras Aísa Residencial y El Pilar, también beneficiarán a las empresas proveedoras de Audi y aseguró que con estas acciones se ve la consolidación de Ciudad Modelo y el crecimiento de este polo industrial. El subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Sedatu, Juan Carlos Lastiri, comentó que este es el resultado de la buena planeación y celebró la suma de esfuerzos de los diferentes órdenes de gobierno. Gerardo Islas Maldonado, secretario de Desarrollo Social, mencionó que gracias a la interacción transversal con las diferentes áreas de gobierno que encabeza el presidente Enrique Peña Nieto, los trabajadores de Audi, además de tener un trabajo digno, contarán con un hogar adecuado, en una zona que contribuirá a detonar el potencial económico de la entidad...

Debido a su producción científica y prestigio académico, entre otros indicadores, la BUAP se ubicó entre las 50 mejores instituciones de educación superior de América Latina y como la mejor de las llamadas macrouniversidades del país, de acuerdo con los resultados recientes del ranking internacional Times Higher Education (THE). La BUAP participó en este importante índice como resultado de cumplir con determinados requisitos, entre estos contar con al menos mil publicaciones científicas indizadas en Scopus en los últimos cinco años, cantidad duplicada por la Máxima Casa de Estudios en Puebla en ese mismo lapso. El ranking internacional Times Higher Education dio a conocer los resultados de evaluación a las universidades latinoamericanas. En esta ocasión, la Institución se ubicó en la banda 46-50 de las mejores instituciones de educación superior de la región. Además, fue considerada como la quinta mejor universidad de México, después de la UNAM, el IPN, la UAM y el ITESM. Asimismo, la mejor de las macrouniversidades del país -es decir, las públicas estatales que tienen una matrícula de al menos 50 mil alumnos de licenciatura...

Un   total   de   108   combatientes   de   la   Comisión   Nacional   Forestal   (CONAFOR) viajarán a la provincia canadiense de British Columbia para apoyar en la baja de incendios forestales que se combaten desde hace dos semanas. Los mexicanos  formarán cinco  brigadas de 21  combatientes cada una con un jefe de brigada. Además tres representantes técnicos internacionales viajarán   con   ellos   a   la   provincia   en   donde   se   reportan   50   incendios   con afectaciones en 379 mil 199 hectáreas. El   personal   fue   concentrado   en   la   sede   nacional   de   la CONAFOR, en Jalisco, donde reciben instrucciones, se ejercitan y verifican el equipo de protección personal y herramientas con las que partirán a Canadá este día. Alfredo Nolasco Morales, gerente de Manejo del Fuego de la CONAFOR., explicó que los combatientes se adhieren al Sistema de Mando de Incidentes (SMI) e ingresan a los protocolos internacionales de la Comisión Forestal para América del Norte (COFAN) de la que México forma parte. En enero de 2017, un total de 58 combatientes mexicanos apoyaron en combatir incendios en Chile; en junio de 2016, 42 fueron enviados a Canadá para las mismas tareas. Durante 15 días, el personal trabajó en las regiones de Edmonton y Fort   McMurray,   donde   los   incendios   forestales   afectaron   606   mil hectáreas...

El Comité Directivo Estatal (CDE) del PRI, fue sede de la cuarta reunión de trabajo de la Mesa Preparatoria para la Instalación del Observatorio Ciudadano para la Igualdad, las participantes fueron recibidas por la Secretaria General, Rocío García Olmedo y la Secretaria del Organismo Nacional de  Mujeres Priistas en Puebla, Sandra Montalvo Domínguez. Allí convergieron ideas y propuestas de mujeres de diversos partidos políticos, académicas, activistas de derechos humanos y organizaciones civiles, cuyo objetivo es visibilizar las distintas problemáticas de discriminación y violencia que afrontan las poblanas en los diferentes ámbitos de la vida diaria. García Olmedo destacó la importancia de conformar dicho observatorio con propuestas que abonan a la igualdad de género, sin importar filiaciones partidistas. “Las causas de las mujeres nos unen por encima de los partidos políticos estamos haciendo este trabajo e incidir en propuestas de políticas públicas al gobierno estatal y gobiernos municipales”; la diputada local y líder del  Partido de la Revolución Democrática, Socorro Quezada Tiempo, señaló la urgencia de proteger a las mujeres, no solamente en el ámbito público, sino también el privado. “Es importante visibilizar lo que les pasa a las mujeres en su vida privada, porque es ahí donde se dan el mayor número de violaciones, de trata de personas: cuando se cierra la puerta de un hogar”. La siguiente sesión del Observatorio Ciudadano se efectuará el próximo 23 de agosto y será organizada por el Instituto Poblano de la Mujer...nos vemos mañana...D.M.

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