Columna | SIN LÍMITES



*Radican la Sucesión Testamentaria en la Notaría 22 a cargo de Horacio Hidalgo

Un edicto publicado en el diario El Sol de Puebla el pasado viernes 11 de enero, da cuenta de que la herencia de la ex gobernadora de Puebla, Martha Erika Alonso Hidalgo, ha sido reclamada.

A escasos 15 días del fallecimiento de la gobernadora se hizo la publicación notarial, cuya Sucesión Testamentaria es el Instrumento 35,101 de fecha 9 de enero de 2019.

Es la señora Martha Julia Hidalgo Villafañe la albacea y única y universal heredera y puede  proceder a realizar el inventario de bienes. El primer edicto tiene fecha de 10 de enero. La sucesión está radicada en la Notaría Pública 22 de la Puebla Capital cuyo titular es Horacio Hidalgo Mena.

De acuerdo al portal digital del Periódico Central, los bienes que manifestó la ex gobernadora Alonso Hidalgo de Moreno Valle en la campaña como candidata del PAN al Gobierno del Estado, son:

La suma de sus propiedades reportadas fue de 19 millones 15 mil 461 pesos. Martha Erika Alonso reveló que era dueña de 10 propiedades, nueve de ellas fueron herencia de su padre Florentino Melchor Alonso Pieza en febrero de 1999, pues en 2014, Alonso Hidalgo adquirió un departamento en la Ciudad de Puebla por 680 mil pesos.

El resto de propiedades estaban en copropiedad con su madre "y otros". Era dueña de un terreno en el municipio de San José Chiapa con un valor de 2 millones 397 mil 496 pesos, situado a 9 kilómetros de la planta armadora Audi. El predio le fue heredado junto con una bodega de 419 mil 280 pesos. Era dueña del 12.50 % de la empresa Unión de Productores Agropecuarios de Tecamachalco. Donó 108 mil pesos al DIF Estatal para el programa Beca un Niño Indígena y 20 mil pesos a la Cruz Roja entre 2013 y 2017.

Según el portal digital ADN Político, la Declaración 3 de 3 de Alonso Hidalgo transparentó estos bienes:

El ingreso anual durante 2017: 1.7 millones de pesos (por servicios profesionales y actividades empresariales).

Bienes inmuebles: 10 inmuebles con valor de 17 millones de pesos.

Comprado:

-Un departamento en la ciudad de Puebla en 2014. 680,000 pesos.

Herencia:

-Un edificio de 1,117 m2 de terreno en la ciudad de Puebla en 2002. 6.3 millones de pesos.
-Una casa de 1,315.17 m2 en Tecamachalco, Puebla. 108,420 pesos.
-Un local ubicado en 1,040 m2. 144, 560 pesos.
-Dos bodegas en Tecamachalco, Puebla. 644,814 pesos.
-4 terrenos (uno en zona Audi y tres en Tecamachalco): 9.06 millones de pesos.

Menaje de casa: 1 millón.

Obras de arte: 500,000 pesos.

Cuentas bancarias: tres cuentas y una de fondo de inversión mayor a 500,000 pesos cada uno.

Autos: Audi 2013 comprado al contado por 509,932 pesos.

Los comentarios por la premura por recuperar tan rápidamente los bienes de la ex gobernadora Martha Erika Alonso, las dejamos al lector.

En fin, como escribió Lope de Vega (España, 1562-1635) en su poema: No espanta

No espanta al sabio, ni ha de ser temida
la muerte que amenazan varios casos,
y por la brevedad de nuestros pasos
no puede estar muy lejos de la vida.

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Publicado en COLUMNAS
Martes, 13 Marzo 2018 13:21

Ilógico registrar a notario por NA

Luego de que el líder estatal de Nueva Alianza Emilio Salgado Néstor registrara ante el Instituto  Estatal Electoral el pasado domingo, a quien será su candidato a la gubernatura  Alejandro Romero Carreto, esto a pesar de que ni siquiera es maestro ni está  dentro del padrón de NA, el diputado local Cirilo Salas Hernández.

Salas Hernández en conferencia de prensa cuestionado al respecto señalo que considera ilógico  e incongruente que la dirigencia local de Nueva Alianza, esto considerando que en NA  existen 80 mil maestros,  ante lo cual  señala la incongruencia de que se hubiera registrado a  Romero Carreto, como candidato al gobierno del estado, ya que él dijo es notario y ajeno al magisterio.

Al referirle que si había sido invitado a esta toma de protesta, dijo que no, que él se enteró de que este registró fue a las 5 de la tarde, a él lo habían citado a las 6 por lo que  si no es invitado no tiene a que ir.

En relación a lo que señalo el líder del Panal, cuándo dijo que no se había hecho una  elección al interior del partido por falta de dinero, dijo que tampoco le interesa competir por ningún cargo y que no saldrá de este instituto político pero tampoco estará apoyando a Romero Carreto, ya que para él la mejor opción sin duda la representa Martha Erika Alonso  Hidalgo.

Reitero que no saldrá del Panal y que continuara en la diputación y de manera posterior en  abril vera que hace con su vida políticamente hablando.

Publicado en POLITICA

Aclara Miguel Ángel Tejeda requisitos para Notario Titular y Notario Auxiliar

Puebla, Pue.- Para evitar confusión sobre los términos Notario Titular y Notario Auxiliar, expuestos  en entrevista por el notario público Miguel Ángel Tejeda Ortega,  él mismo precisa:

En entrevista de ayer se señala que el examen de Titular no se encuentra debidamente regulado ni reglamentado, SIENDO LO CORRECTO QUE SE DEBE REFERIR AL EXAMEN PARA OBTENER LA PATENTE DE NOTARIO AUXILIAR (LO QUE DA LUGAR A UN VACÍO DE CARÁCTER LEGAL).

Cuando se cita: “Por otra parte el artículo 37 de las reformas a la Ley del Notariado también obliga que el examen, para obtener la patente de Notario Titular “Sea Público”, no es precisa dicha declaración, YA QUE SE DEBIÓ REFERIRSE A LA PATENTE DE NOTARIO AUXILIAR QUE SE OBTIENE MEDIANTE UN EXAMEN PÚBLICO.

En consecuencia de todo ello, al establecerse en la Ley, que los exámenes para obtener las patentes de aspirante a Notario  y Notario Auxiliar sean públicos, y no así para obtener la patente de Notario Titular (QUE PUEDE SER PRIVADO), contraviene y violenta el derecho humano de la igualdad que consagra el artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Publicado en NACIONAL

No fueron consensadas al Colegio de Notarios: Miguel Ángel Tejeda

Puebla, Pue.- Las recientes reformas a la Ley del Notariado Poblano contienen un vacío legal y vicios de inconstitucionalidad, asegura el constitucionalista y notario público en esta ciudad,  Miguel Ángel Tejeda Ortega.

En entrevista periodística expuso que el día once de septiembre del año dos mil diecisiete, en el Periódico Oficial del Estado de Puebla se publicaron tales reformas a la Ley del Notariado, misma que  se encontraba en vigor desde el primero de enero del año dos mil dieciséis.

Asegura el Notario público que dichas reformas ¨No fueron consensadas¨ al Colegio de Notarios, y que desconoce si se pidió opinión alguna por parte del Congreso del Estado de Puebla al Consejo de Notarios, tal y como lo dispone la fracción XIV del Artículo 207 de la Ley en cuestión.

Primordialmente, señala el jurista que las reformas en cuestión establecieron como obligación para obtener la patente de Notario Titular,  presentar un examen; pero dicho examen no se encuentra regulado ni reglamentado por la propia ley, lo que da lugar a un vacío en este aspecto.

Refirió que el examen para obtener la patente de aspirante al ejercicio del Notariado Poblano se encuentra previsto en los artículos 36 al 38 de la Ley en cuestión, y se establece como obligación ¨que dicho examen sea público¨.

Por otra parte el artículo 37 de las reformas a la Ley del Notariado también obliga que el examen, para obtener la patente de Notario Titular  ¨Sea Público¨.

Comenta el constitucionalista y notario público poblano, que como cosa curiosa el examen para obtener la Titularidad de una Notaría Pública en el Estado de Puebla y previsto de los artículos 45 al 56 de la Ley Notarial Poblana, no obligan a que dicho examen sea público, lo que violenta el principio de igualdad que se consagra en el artículo 1° Constitucional y Derechos Humanos de todos los aspirantes al ejercicio del Notariado en Puebla.

El artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dice: ¨En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los Derechos Humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece¨.

El entrevistado refiere que los únicos aspectos favorables de las reformas son, en cuanto a la convocatoria, para participar en un examen de oposición para obtener la patente de Notario Titular que se llevará a cabo con una anticipación de treinta días naturales, previos a la celebración de los exámenes –artículo 45-.

De igual manera, que para que haya oposición se requiere de un mínimo de tres sustentantes; si no se cumple con este requisito, se declarará desierto el examen -artículo 46-.

¨Que el Notario Titular podrá proponer la designación de Un Notario Auxiliar, siempre y cuando el primero hubiere cumplido cinco años de haber iniciado su actividad en el Estado¨, y no como lo refería anteriormente la Ley que sin ninguna antigüedad se podía proponer notario auxiliar.

En consecuencia, enfatiza el Notario y Constitucionalista Tejeda, que el vacío legal que existe y vicios de inconstitucionalidad, sólo podrán ser combatidos por los aspirantes al ejercicio del Notariado, pues son a ellos a quienes agravian las reformas de ley.

Publicado en NACIONAL

Aprueban leyes y disposiciones que restan facultades propias de notarios públicos

El primer amparo en el país contra autoridades federales que aprueban leyes y disposiciones que violan la Soberanía de los 32 Estados del país, fue interpuesto en esta capital por el notario público número 14, Miguel Ángel Tejeda Ortega, y admitido ayer en el juzgado cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y del Trabajo y de Juicios Federales en Puebla.

Dicho amparo, primero que se promueve a nivel nacional, es por parte del titular  y de la notaria auxiliar de la Notaría 14 de esta ciudad, por el decreto que reforma  y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles, que entró en vigor el 15 del pasado mes de septiembre, referente a la constitución de Sociedades por Acciones Simplificadas.

Tejeda Ortega enfatizó que el amparo es para defender la función notarial que a últimas fechas ha sido muy afectada, y lo hace tomando en cuenta que el Congreso de la Unión invadió la Soberanía del Estado de Puebla y demás entidades federativas,  ya que ni los diputados federales ni los senadores pueden legislar en materia notarial; tampoco eximir derechos de registro a sociedades mercantiles en la entidad.

La facultad para legislar en materia notarial corresponde únicamente al Congreso del Estado. Y el Congreso de la Unión  tampoco puede eximir derechos de registro de inscripción de las sociedades mercantiles en Puebla. Al haber decretado lo que no les corresponde, invaden y violan la Soberanía del Estado, todo lo cual es en perjuicio de los notarios que ejercen su función aquí.

En su demanda de amparo, agregó Tejeda Ortega, hizo valer que hay además violación a la Soberanía de Puebla por lo que se refiere a las reglas que emitió el Secretario de Economía del Gobierno Federal, para regular la forma en que se van a constituir las sociedades de acciones simplificadas, pues se establece un procedimiento ajeno al que contempla la ley del Notariado local.

Este procedimiento, explicó, es vía internet y digital, que nada tiene que ver con lo que obliga la Ley del Notariado en Puebla, donde al igual que en la mayoría de las entidades federativas, los notarios tienen la obligación de mantener los protocolos abiertos, esto es, hojas autorizadas por el gobierno estatal y que pagan los propios fedatarios, quienes llevan un control de folios y apéndices o documentos que tienen relación con los instrumentos notariales.

La Secretaría de Economía expidió reglas con las que autoriza que los notarios poblanos y del país se conviertan  en simples gestores que, vía internet ayuden a personas a constituir las sociedades mencionadas, pero sin dar fe que es la principal función de todo notario, así como  identificar a las personas, constatar que tienen capacidad de voz y de ejercicio, sin ninguna incapacidad, e instruirlas sobre el valor y fuerza de ley del documento que firmen.

Nada de lo anterior contemplan las reglas de la Sría. de Economía y tales reglas entraron igualmente en vigor el 15 del pasado mes, vulnerando la función notarial; responsables de todo lo cual son los diputados federales, los senadores; el titular del Poder Ejecutivo Federal que ordenó la publicación en el Periódico Oficial para que entraran en vigor esas reglas; la Secretaría de Economía y la Delegación en Puebla de esta última dependencia federal.

Aun cuando hubo oposición en la Ciudad de México para la aprobación de estas reglas, se divulgó que se aplicarían para beneficiar a micros y pequeños empresarios evitándoles el pago por derechos para constituir sociedades por acciones simplificadas. Pero analizando todo, se establece que si no pagan derechos, tendrán que acudir a negociar con un gestor mercantil a fin de realizar los trámites requeridos con firma electrónica ante la Sría. de Economía, dependencia ante la cual cubrirán posteriormente muchos otros requisitos con altos costos.

Mas estas iniciativas ya aprobadas y en vigor, fueron siempre apoyadas por los senadores panistas Javier Cordero Arroyo y Héctor Larios Córdova, para quedar bien con las cámaras de comercio, aunque violaran los artículos constitucionales 5 y 124.

El notario poblano y maestro constitucionalista Tejeda Ortega, considera que las citadas autoridades federales están suprimiendo las cualidades que tiene la función de notarios en el país, como son asesorar a las partes explicándoles el valor y fuerza de ley del contenido de un documento, valorar la capacidad de voz y ejercicio de contratantes, y con esto quieren convertir al notariado mexicano en “notarys publics”, o notarios anglosajones,  como en Estados Unidos, facultando a personas sin conocimientos de Derecho, a “reconocer” y sellar firmas que pueden ser o no auténticas, y por lo cual cobran hasta 25 dólares.

Esta es la defensa de las funciones notariales que realiza Miguel Ángel Tejeda Ortega desde Puebla y a favor de notarios del país.

Publicado en NACIONAL

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